El magistrado verificó que el Banco Macro no actuó ilegal ni arbitrariamente.
Y subrayó que no procedieron los requisitos formales para habilitar la vía excepcional intentada. Después de verificar que los descuentos formulados a los haberes de un jubilado por el Banco Macro SA no resultaron arbitrarios ni ilegales sino que obedecieron al pago mensual de un préstamo personal acordado y por compras efectuadas con la tarjeta de crédito, el Juzgado de Conciliación de 5ª Nominación de la ciudad de Córdoba negó la procedencia del amparo requerido a los fines que la entidad financiera se abstuviera de efectuar más retenciones y reprograme la deuda.
Fuente: Comercio y Justicia