Multan a la ART que no habría realizado los exámenes médicos periódicos a los trabajadores consignados en la nómina entregada a la S.R.T.

La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la multa aplicada a la ART mediante autos «Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/La Segunda ART S.A. s/Organismos Externos».

a Segunda ART S.A. había apelado la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que le impuso una multa de 650 MOPRES por transgredir lo dispuesto en el art. 3 incisos 2 y 3 y el Anexo II de la Resolución SRT 37/10.

La sanción se impuso con relación al empleador Gruber Hermanos Sociedad de Hecho, toda vez que la Aseguradora en el período correspondiente a 01/07/2017 al 01/07/2018, «no habría realizado los exámenes médicos periódicos a los trabajadores consignados en la nómina entregada a la S.R.T., con la frecuencia y los contenidos mínimos establecidos en la normativa vigente».

En dicho marco, los agravios manifestados por la ART fueron haber cumplido con sus obligaciones y que la multa resultaba excesiva.

La Sala referida resaltó que se trataba del incumplimiento de obligaciones que afectaban severamente a los trabajadores. Así las cosas, las camaristas destacaron que la recurrente debía «extremar el cumplimiento de sus obligaciones, especialmente en lo que hace a la prevención».

Las magistradas consideraron que las irregularidades puntualizadas involucraban «el incumplimiento de normas de protección específica de la salud del trabajador», y como tales, «el organismo de control ejerció razonablemente sus atribuciones y deberes en la medida que procuró la protección y cumplimiento de las pautas que sustentan el sistema».

Las Dras. Gómez Alonso de Díaz Cordero y Ballerini confirmaron que «las actitudes omisivas deben considerarse faltas graves que afectan de modo directo al trabajador, y son además disfuncionales al sistema de riesgos de trabajo y al interés general por el cual los Magistrados deben velar».

Por los motivos expuestos, el 7 de julio del 2021 confirmaron la multa aplicada.

Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
Voces: multa, ART, exámenes médicos periódicos.

Fuente: abogados.com.ar

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