Así lo decidió el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en Chile.
Las empresas ahora tienen 10 días para apelar ante la Corte Suprema. Tras años de litigios, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de Chile le aplicó una millonaria multa a Walmart y Cencosud por prácticas ilícitas en el mercado del pollo. La decisión fue unánime entre los cinco ministros del organismo. Fallaron a favor de condenar a las cadenas de supermercospor haber ejecutado prácticas colusorias (abuso de posición dominante), informó Diario Financiero. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) acusó en enero de 2016 a las firmas de mantener a través de sus proveedores un acuerdo para fijar precios mínimos de venta de alimentos al menos entre 2008 y 2011. El TDLC resolvió acoger los argumentos del persecutor, aplicándoles una multa total de UTA 13.947 (unos 12 millones de dólares). El monto se reparte de distinta manera para cada cadena supermercadista: 5.766 UTA (5,1 millones de dólares) a Cencosud, 4.743 UTA (4,2 millones de dólares) a Walmart y 3.438 UTA (3 millones de dólares) a SMU.
Además, ordenó a las requeridas la adopción de un programa de cumplimiento en materia de libre competencia. En su acusación, la FNE explicó que por medio de la conducta acusada los supermercados estaban impedidos de vender carne de pollo fresca por debajo del precio de lista mayorista más IVA, y que la coordinación entre las requeridas se dio a través de sus proveedores. De esta forma, estimó que las empresas «adhirieron conscientemente a un esquema común que sustituyó los riesgos de la competencia por una cooperación práctica entre ellas», con el objetivo de «regularizar el mercado» y «evitar guerras de precios». Tras la sentencia dictada, las partes tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar un recurso de reclamación ante la Corte Suprema. Este camino será seguido por Cencosud, que en una declaración, agregó que «tanto la FNE como el TDLC calificaron erróneamente los hechos. Nuestra filosofía es y ha sido siempre competir firmemente en el mercado». Walmart y SMU por su parte, también reaccionaron y adelantaron que apelarán a la decisión del tribunal especializado. Aunque en su argumentación los ministros del TDLC descartaron que se trate de un «cartel duro», lo calificaron como una práctica concertada meritoria de sanción. Y es que a su juicio, la mantención de un precio mínimo de reventa en este caso del pollo fresco, en el entendido que las demás cadenas también actuarían de la misma forma, y que cualquier conducta distinta podría ser ‘sancionada’, afecta directamente la competencia.
En su fallo de 111 páginas, el TDLC por primera vez se pronuncia sobre un acuerdo colusorio del tipo «hub & spoke», es decir, en que la coordinación entre competidores se da a través de un proveedor común. Para ejemplificarlo, toma la presentación de la FNE, que señala en su acusación que el modus operandi de las requeridas, consistía en el monitoreo permanente de los precios de venta a público de la carne de pollo fresca, los que luego comparaban con las salas de la competencia relevante. «Con dicha información, el área comercial de las cadenas requeridas debía realizar gestiones con sus proveedores comunes de carne de pollo, consistentes en dirigirles los reclamos cuando una cadena competidora estaba vendiendo al público bajo costo. Es decir, la mantención del precio mínimo de pollo fresco por cada cadena estaba supeditada a una exigencia a los proveedores de que la misma sería aplicada por las demás», detalla el fallo. Asimismo, el TDLC reconoce la importancia de contar con programas de cumplimiento, que en el caso de Walmart le significó una atenuante a la sanción.
Fuente: Infobae Profesional