Mendoza: penas de hasta quince años y seis meses de prisión para los responsables de un secuestro extorsivo

Los cinco hombres sustrajeron de su domicilio al hijo de un empresario y lo retuvieron por varias horas hasta que su padre pagó el rescate, y luego contaron con la ayuda de otra persona para ocultar el automóvil utilizado durante el hecho. Los fundamentos de la sentencia del TOF Nº1 se conocerán el 21 de julio.

El Tribunal Oral Federal N° 1 de Mendoza impuso hoy penas de hasta quince años y seis meses de prisión para los cinco responsables del secuestro extorsivo del hijo de un empresario, junto a otra persona que fue condenada por encubrimiento. Los jueces hicieron lugar al pedido de penas formulado por la fiscal Gloria André, que había señalado a Nicolás Leal, Héctor Díaz Mieres, Germán Ibargoyen, Oscar Yancovich Traico y Jorge Coria Cabeza como los responsables de sustraer de su domicilio al joven y retenerlo por varias horas hasta que su padre pagó doscientos mil pesos en efectivo para su liberación, quienes luego contaron con la ayuda de Jonathan Tempestti para ocultar un vehículo utilizado en la maniobra. 

Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 21 de julio. Tal como lo describió el Ministerio Público Fiscal en su alegato, los seis acusados fueron hallados responsables del delito de secuestro extorsivo agravado por la intervención de tres o más personas, por mediar violencia e intimidación con arma de fuego, en concurso real con robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, todos como autores, salvo Tempestti, que fue condenado por encubrimiento.  

Díaz Mieres recibió una pena de quince años y seis meses de prisión y multa de diez mil pesos, por el agravante de tenencia de armas de fuego sin autorización, al igual que Leal e Ibargoyen, para quienes la condena fue de quince años, y de catorce Yancovich Traico y Coria Cabeza. Tempestti, que había sido señalado como partícipe necesario por la fiscalía con una pena de catorce años, fue considerado responsable del delito de encubrimiento, por lo que recibió una condena de cinco años de cárcel.

De acuerdo al veredicto,  también se ordenó el decomiso del dinero y los elementos secuestrados durante los allanamientos, y se puso a disposición de la Agencia Nacional de Materiales Controlados las armas halladas en el domicilio compartido por Díaz Mieres, Leal e Ibargoyen.

La hipótesis fiscal que convalidó el tribunal

El hecho ocurrió el 12 de julio de 2018, cuando los seis condenados, junto a otra persona imputada y con pedido de detención, sustrajeron de su domicilio a la víctima JLA mientras dormía en su domicilio particular en el departamento de Guaymallén. El joven fue despertado por un hombre armado y, tras ser obligado a entregar dinero de la caja fuerte del hogar, se le informó que sería secuestrado y que se le pediría un rescate a su padre, a quien contactaron por vía telefónica. 

Así, los captores subieron a JLA a un automóvil polarizado y recorrieron diversos puntos de la ciudad de Mendoza hasta la terminal de ómnibus, donde los estaba esperando el padre de la víctima a bordo de su camioneta, tal como había sido acordado. Luego de hacer que los siguiese hasta la localidad de Guaymallén, uno de los captores bajó del vehículo y se acercó hasta la camioneta. El hombre entregó doscientos mil pesos a través de la ventanilla de su rodado por los que los captores liberaron a su hijo antes de darse a la fuga con el dinero. 

El tribunal respaldó la hipótesis fiscal de que, para llevar a cabo el secuestro, la organización funcionó en tres grupos. Leal fue quien ingresó al domicilio de la víctima y llevó a cabo las negociaciones y la coordinación general. Luego se habría trasladado junto a la víctima en el automóvil conducido por Ibargoyen, en el que también se encontraba Héctor Díaz Mieres, encargado de buscar el dinero del rescate que pagó el padre de JLA para su liberación. Coria Cabeza y Yancovich Traico estuvieron a cargo de la vigilancia del padre de la víctima, desde que salió desde su oficina hasta que se llevó a cabo el pago. Por último, Tempestti se encargó de proveer líneas telefónicas limpias con posterioridad al secuestro y de ocultar el automóvil con el que se realizó el secuestro. Además, Díaz Mieres, Leal e Ibargoyen disponían de armas y municiones sin documentación que acreditara su tenencia legítima, que fueron secuestradas en el allanamiento realizado en la vivienda que compartían los tres.

Fuente: fiscales.gob.ar

Fuero: Federal
Tribunal: Tribunal Oral Federal N° 1 de Mendoza
Voces: secuestro extorsivo, pedido de rescate, encubrimiento

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