La Suprema Corte provincial decidió que las resoluciones de los jurados populares tengan el sustento jurídico de los siete ministros.
El máximo tribunal de la provincia de Mendoza resolvió que tratará en fallo plenario todos los planteos y recursos que se deriven de los juicios por jurado realizados en la provincia. Así se busca dar un respaldo institucional al sistema de juicio por jurados sancionado en 2018 en aquella provincia.
De este modo, cada pronunciamiento o planteo que llegue derivado de los juicios populares recaerá en los siete jueces del máximo tribunal de justicia y no, como estaba estipulado hasta el momento, en los tres que integran la Sala Segunda Penal de la Suprema Corte mendocina.
La decisión de la Suprema Corte fue promovida por el juez José Valerio, integrante de la Sala II y uno de los impulsores de los juicios integrados por jurados populares desde hace más de una década. Desde el inicio del sistema en la provincia ya se dictaron unas 19 sentencias.
«La función del pueblo-juez consagra el máximo de igualdad como ideario republicano al instaurar el juzgamiento del acusado por sus pares, en una sola jurisdicción, en lugar de la vieja concepción estamental y, por tanto, fragmentada en sectores de la sociedad y de la justicia, donde ésta estaba estructurada para mantener sus privilegios», explica la resolución impulsada por Valerio.
La resolución del tribunal mendocino explica que el modelo constitucional de gobierno republicano federal «consagró la ruptura con el sistema político precedente (monárquico, estamental, inquisitivo, patriarcal), estableciendo en el juzgamiento una verdadera reserva de soberanía en el Código Fundamental de la República” donde «[a]l decidir nuestro contrato social (…) basado en el modelo de república de las ciudades griegas, se consagra la lex, la democracia como mecanismo político y el enjuiciamiento por jurados populares, sobre el modelo del ius romano[…]», citan.
Y esto, «constituye una verdadera reserva de soberanía popular y no simplemente una concesión de participación […] de quien ejerce el poder, sino que el pueblo ejerce efectivamente la soberanía popular». Es decir, que es «el mismo pueblo, representado por algunos de sus miembros [quien] ejerce en forma directa la potestad de juzgar», concluye la resolución recordando un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En 2019 en la provincia se realizaron los primeros 12 juicios por jurado, en 2020 fueron tres y este año ya van otros tres, en total 19 son juicios con jurados populares desde su implementación.
Fuente: Tiempo Judicial
Fuero: Penal
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de Mendoza
Voces: fallo plenario, juicios por jurados, respaldo constitucional