El fuero Civil de Cipolletti admitió una medida cautelar interpuesta por una jubilada que fue engañada para tomar un préstamo. A principios del mes pasado, una persona se comunicó por teléfono con ella con la promesa de gestionarle un premio. Le pidieron que se acercara hasta un cajero automático y así obtuvieron medio millón de pesos de su cuenta. El banco, ahora, no podrá debitarle ni la cuota de mayo ni ninguno de los restantes 59 vencimientos.
El titular del Juzgado Civil N°1 de Cipolletti le ordenó al Banco Patagonia que se abstenga de realizar el débito de la cuota prevista para el mes de mayo de 2021, por la suma de 26.000 pesos como así también de las sucesivas, relacionadas con el préstamo cuestionado y se abstenga igualmente de informar la supuesta deuda al sistema de información crediticia, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Además por el beneficio de justicia gratuita contemplado en la ley de Defensa del Consumidor la jubilada fue eximida de presentar contracautela (una garantía) al momento de la solicitar la medida cautelar de no innovar.
La situación se inició el 1 de abril pasado cuando la mujer recibió un llamado telefónico de un supuesto gerente de premios de un supermercado de la región. Con la excusa de acreditarle el dinero que había ganado en ese sorteo le pidió a la jubilada que generara un ticket en el cajero del Banco Patagonia. Con esa maniobra, la hicieron incurrir en un error.
El lunes siguiente, luego del feriado, la mujer advirtió que tenía un débito de 500 mil pesos. Cuando indagó descubrió un préstamo por 420 mil y ese dinero – junto con el que tenía en su caja de ahorros producto del sueldo de Anses – había sido transferido a otra cuenta.
En consecuencia hizo la denuncia en la Fiscalía de Cipolletti donde se inició una investigación por estafa. Luego su abogada presentó el pedido de la medida cautelar de no innovar ante el fuero Civil.
El préstamo tomado es por el plazo de cinco años, con un descuento en el haber jubilatorio de 26 mil pesos por mes.
El juez que resolvió afirmó que no hay dudas de la existencia de un contrato de consumo, de modo que los principios de protección del consumidor guiarán la apreciación del caso. “En tal sentido, la parte más débil de la relación es la aquí actora en tanto destinataria de la utilización de un sistema diseñado por la entidad bancaria, sobre quien pesa el despliegue de todas las salvaguardas que doten de confiabilidad al mismo para su operación electrónica o digital (cajeros automáticos o homebanking)”, dice la resolución.
No caiga en engaños telefónicos: recomendaciones del Ministerio Público Fiscal
En las últimas semanas se han detectado nuevas modalidades de estafas telefónicas en las cuales se solicita, por ejemplo, un pago en dinero en efectivo para retirar una encomienda inexistente. Es importante recordar que no se deben brindar datos de cuentas bancarias o de tarjetas de crédito a quienes llaman por teléfono, tampoco seguir las instrucciones telefónicas en un cajero automático, ni entregar dinero en efectivo, tanto moneda nacional como extranjera, a supuestos gestores bancarios.
Se recuerda prestar especial atención a los llamados telefónicos que solicitan y ofrecen servicios no contratados por la persona que atiende el teléfono y tomar todos los recaudos antes de abonar cualquier suma de dinero, ya sea a través de: medios de pago (Rapipago, Pago Fácil), transferencias bancarias, tarjetas de crédito o entrega de dinero en efectivo.
Además, no deben develarse datos personales ni de familiares o allegados, ya que pueden ser utilizados para intentar engañar a otras personas o para realizar compras a través de internet, en especial el número de DNI que habilita la posibilidad de modificar las claves de acceso a las cuentas bancarias.
Por otro lado, es de suma importancia evitar acercarse a un cajero cuando alguien se los indique telefónicamente, como tampoco seguir los pasos que les dictan telefónicamente. Para el ingreso de una transferencia bancaria o acreditación de pago, no debe hacerse ninguna acción en un cajero automático ya que los pagos electrónicos son de acreditación automática en la cuenta bancaria del receptor.
Finalmente se informa que tampoco existen programas de entidades bancarias para el cambio de billetes que aparentemente dejan de estar en circulación – pesos, dólares, euros u otra moneda. Todas esas operaciones se concretan dentro de la sucursal del banco. En consecuencia, no se debe entregar dinero en efectivo a extraños o personas que se dirigen a los domicilios particulares para realizar maniobras bancarias.
Más información: https://ministeriopublico.jusrionegro.gov.ar/nota/4510/no-caigas-en-enganos-telefonicos-recomendaciones.html
Fuente: Justicia Río Negro
Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado Civil N°1 de Cipolletti
Voces: medida cautelar, jubilada, estafa bancaria