Una paciente con cáncer acudió a la Justicia para que se le entregue la medicación oncológica prescripta por sus médicos.
El GCBA deberá proveérsela en el término de dos días o brindarle los fondos necesarios para proceder a su compra. El Juzgado N° 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, a cargo del juez Guillermo Scheibler, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por una paciente y ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires -Ministerio de Salud o área que corresponda- que provea a la mujer de una medicación prescripta o le brinde los fondos necesarios para proceder a su compra. La causa se inició por un amparo contra Gobierno porteño, con el objeto de garantizar el goce del derecho a la salud de una paciente. La actora tiene 66 años y fue diagnosticada en 2001 con mieloma múltiple, año en el que comenzó su tratamiento oncológico en el Hospital Durand con quimioterapia y posteriormente con Lenalidomida, lo que le permitió revertir los pronósticos negativos y estabilizar los valores. Dicha medicación le fue suministrada desde el inicio del tratamiento y de forma regular por el Ministerio de Salud de la Nación, mediante un programa de Dirección de Asistencia Directa a Situaciones Especiales. Sin embargo, en mayo último le informaron telefónicamente que su pedido de autorización de seis envases “se encontraba en trámite ordinario y que no estaba contemplado dentro del vademécum”.
En este contexto, la mujer hizo hincapié que hace más de 90 días que no toma la medicación, por lo que su tratamiento oncológico “se ha interrumpido” y no puede adquirirlo por una “precaria situación económica” dado que no tienen ingresos fijos y subsisten con la ayuda de familiares. En los autos “P., E. G. contra GCBA y otros sobre Amparo – Salud -Medicamentos y Tratamientos”, el magistrado advirtió “la gravedad del estado de salud de la actora, la falta de provisión del medicamento prescripto por la médica tratante y por consiguiente la interrupción del tratamiento oncológico, expresamente indicado y con carácter de urgencia a fin de evitar perjuicios irreparables en la salud de la actora”. De los presupuestos aportados, surge que el valor de una caja de 21 comprimidos del medicamento oscilaría entre $254.790 y $370.437. “Dichos montos resultarían de muy difícil o imposible cobertura por parte de la actora quien carecería de trabajo y no percibiría suma alguna en concepto de jubilación o pensión, además de no poseer a priori, propiedades ni otros bienes a su nombre”, expresó en el fallo. En función de ello, el sentenciante ordenó que, en el término de dos días, provea a la actora de la “medicación prescripta por los profesionales intervinientes o, en su defecto, provea a la actora los fondos necesarios para proceder a su compra, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión”.
Fuente: Diario Judicial