En la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial se llevó adelante una audiencia atípica. Una madre junto a sus tres hijos concurrieron para que los jueces les explicaran en lenguaje sencillo el contenido de la sentencia dictada en la causa que los involucraba.
Lo que técnicamente resolvió el Tribunal fue hacer lugar al recurso de apelación que justamente la madre había presentado contra una sentencia de primera instancia. Al resolver de esta forma el recurso de apelación los jueces ordenaron que la madre sea restituida en el ejercicio parental de sus hijos menores de edad que a raíz de ello abandonaron el dispositivo proteccional en el que se encontraban para volver a vivir a la casa materna.
La sentencia cuestionada por la vía de la apelación había declarado a los tres menores en situación de adoptabilidad. Contra esa resolución apeló la madre y también la abuela paterna.
La historia de la madre es de recuperación. Primero se recuperó ella, consiguiendo trabajo, siguiendo un tratamiento psicológico y consiguiendo una casita donde vivir para poder desempeñar su rol materno. Y fortalecida planteó el recurso.
La causa se remonta a 2018 cuando la Secretaría de Niñez y Familia dispuso la medida de protección excepcional respecto de los tres niños iniciándose también el proceso judicial de control de legalidad. Por entonces el grupo familiar compuesto por madre e hijos se encontraba, según los informes socio ambientales, en un estado de vulnerabilidad y en situación de calle. La madre registraba situaciones de abandono, de violencia intrafamiliar, de género y de institucionalización.
En la causa, la Asesoría de Menores e Incapaces señaló los cambios de vida de la madre destacando “la necesidad de agotar todas las acciones del Estado dirigidas a recomponer la estructura familiar de los niños en la medida de sus reales posibilidades antes de evaluar factibilidad de recurrir a un sistema familiar alternativo al de origen”.
Es así que la jueza Ivanna Chamale de Reina y el juez Ricardo Casali Rey de la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ordenaron una audiencia con la madre, la abuela paterna, la secretaria de Primera Infancia, Niñez y Familia, el Asistente Social del Servicio Social del Poder Judicial, el equipo interdisciplinario del dispositivo proteccional, la Asesora de Incapaces y la Tutora Oficial.
En esta audiencia los jueces dispusieron la revinculación progresiva de los niños con la madre todo con seguimiento. Y en forma posterior los jueces escucharon a los niños. Fue durante la última audiencia que la secretaria de Primera Infancia, Niñez y Familia se manifestó a favor de que los niños dejen el dispositivo y retornen a vivir con su madre en forma permanente.
Al momento de resolver los jueces consideraron que la decisión contenida en el fallo apelado aparece como “prematura” por lo que corresponde su revocación, “proponiéndose, en su lugar, el agotamiento de otras estrategias, que colaboren eficazmente para que los menores puedan crecer de manera adecuada en el ámbito de su familia biológica.”
Los jueces privilegiaron para ello el interés superior del niño y recordaron que las cuestiones relacionadas con el derecho de familia no son “estáticas” sino inmersas en una “realidad indócil”.
Fueron los niños los que en manifestaron su interés en el retorno a su entorno familiar de origen, junto a mamá.
“Es innegable que en la actualidad la madre no podría asumir autónomamente todos los cuidados que implica el desempeño del rol materno, pero con la implementación de estrategias y medidas de apoyo, una eficaz red de contención, tanto familiar como a nivel estatal, en los términos propuestos por el organismo administrativo, se presume factible”, dijeron los jueces.
Respecto de la decisión de explicar su sentencia en una audiencia los jueces recordaron que esto es un deafío actual. “Se considera necesaria la adaptación del mecanismo de notificación de la sentencia, para que los niños reciban toda la información, de manera directa, acerca de lo resuelto y el modo en que deberá ser cumplido. Para que pueda superarse cualquier barrera que afecte su derecho a saber y a entender, debiendo brindarles, a través de un lenguaje sencillo, claro, todas las explicaciones”.
Fuero: Familia,
Tribunal: Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial,
Voces: mamá, entencia, sentencia, restitución, menores, tratamiento psicológico, rol materno, abandono, violencia familiar,