Los pasajeros deben demostrar el contenido de las valijas extraviadas para cobrar el máximo de la indemnización

En caso de que no se aporten pruebas de este contenido, el juez podrá apoyarse en los datos aportados por la aerolínea, como el peso del equipaje

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió que perder el equipaje no significa de manera automática que el pasajero afectado tenga derecho a la máxima compensación máxima prevista por la normativa europea.

Dicho tribunal considera que los pasajeros deben demostrar los daños sufridos por la pérdida, avería o retraso del equipaje, en especial con pruebas documentales sobre los gastos incurridos para sustituir el contenido de su equipaje.

En caso de que no se aporten pruebas de este contenido, el juez nacional podrá apoyarse en los datos aportados por la aerolínea, como el peso del equipaje o las circunstancias del extravío, para fijar el importe de la indemnización. Todo ello, subraya la sentencia, tomando en consideración la circunstancia «en su conjunto» y no de forma aislada.Según el fallo, los pasajeros deberán acreditar, en caso de extravío, el contenido de la maleta para fijar la indemnización

Daño más grave

Los magistrados entienden que perder la maleta no implica tener derecho al «daño más grave», sobre todo cuando el pasajero no aporta prueba alguna de los daños que haya podido sufrir. La sentencia destaca que hay que tener en cuenta otros elementos para fijar la indemnización máxima.

Asimismo, insta a que los juzgados de los Estados miembros apliquen la Convención de Montreal en función de la legislación interna de cada país, sobre todo en lo que respecta a la aporte de pruebas por parte del damnificado. La aplicación independiente de cada país del texto, añade, no debe estar articulada de manera que imposibilite o dificulte excesivamente los derechos recogidos en el citado convenio.

Por lo tanto, debe ser un juez nacional el que determine «dentro de los límites» fijados en la mencionada Convención, el importa adecuado que debe recibir el pasajero, atendiendo a las circunstancias de cada caso concreto.

Caso testigo

Esta sentencia se produce por la denuncia de un pasajero de Vueling que, en septiembre de 2017, voló de Ibiza a Fuerteventura con escala en Barcelona. La compañía, sin disponer de las pruebas sobre lo que había en el interior de la maleta, ofreció una compensación de 250 euros. El pasajero, sin embargo, exigió 1.400 euros, el máximo permitido.

El Juzgado de lo Mercantil de Barcelona decidió trasladar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea el caso y para que se aclarase si la pérdida debe ser considerada como el daño más grave o, en cambio, la indemnización debe ser fijada por el juez en función de las pruebas que haya podido recopilar.

El bufete online reclamador.es, a través del cual el pasajero realizó la denuncia, estima que la indemnización media por pérdida de maleta es de 808 euros, y reclamaba que se aplicara automáticamente el límite máximo de 1.400 euros, «dada la dificultad de probar tanto los daños morales que se producen como los materiales».

Fuente: Iprofesional

Fuero: Internacional
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Voces: equipaje, daños sufridos, prueba

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