Los derechos litigiosos, sólo mediante el abogado.

El tribunal dispuso que, si bien las partes tienen el derecho de transar para el procedimiento judicial de homologación, deben estar representadas por un letrado.

La Cámara 1ª en lo Civil y Comercial de Córdoba, con especiales aclaraciones, confirmó la resolución que le ordenaba que, a los fines de su homologación, el acuerdo transaccional sobre los derechos litigiosos sea ratificado por el abogado de la demandada.

Fuente: Comercio y Justicia

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