El STJ de Río Negro habilitó a los agentes judiciales considerados como pacientes de riesgo a volver a trabajar de manera presencial. Será para aquellos que deseen hacerlo de manera voluntaria y deberán presentar un certificado médico con recomendación favorable.
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro resolvió hoy que “aquellos agentes incluidos en los grupos de riesgo” establecidos en el Protocolo de Salubridad que voluntariamente estén dispuestos a realizar tareas en forma presencial podrán hacerlo si presentan el “certificado médico con recomendación favorable” para cumplir con esa modalidad de trabajo.
La nómina de grupos de riesgo está basada en la Resolución 207 de este año del Ministerio de Trabajo de Nación, y contiene una exahustiva lista de patologías que conforman antecedentes de riesgo.
El Superior Tribunal de Justicia habilita el trabajo presencial con dos condiciones: el certificado médico con recomendación favorable y la presentación de una declaración jurada donde manifiesta que asume el riesgo de manera voluntaria.
La Resolución del STJ destaca que “ante la voluntad manifiesta de trabajar en forma presencial por parte de diferentes agentes que integran grupos de riesgo se han recabado los antecedentes aplicados por la Secretaría de la Función Pública de nuestra provincia”.
Muchos de los agentes con factores de riesgo están cumpliendo sus labores con la modalidad de teletrabajo. Para pasar a la modalidad presencial, además de cumplir con los requisitos mencionados, deberán notificar al área de Gestión Humana.
El Superior Tribunal de Justicia habilita el trabajo presencial con dos condiciones: el certificado médico con recomendación favorable y la presentación de una declaración jurada donde manifiesta que asume el riesgo de manera voluntaria.
Hasta ahora, en la provincia regía la modalidad de prestación del servicio dispuesta por las Acordadas 15 y 17/2020, que en lo sustancial ordenaban el trabajo presencial de juezas, jueces, funcionarios, funcionarias y equipos mínimos. Asimismo, contemplaba la elaboración de protocolos que permitan la salida gradual y responsable del receso extraordinario, de acuerdo a la condición epidemiológica de cada localidad de la provincia, siempre y cuando ello sea posible en atención al marco normativo dispuesto por las autoridades nacionales y provinciales competentes.
Fuente: Diario Judicial.
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Río Negro
Voces: pacientes de riesgo, agentes judiciales, certificación