El Juzgado de Paz de Mocoretá logró un acuerdo en una causa que se inició por los comentarios ofensivos que recibió la directora de una escuela tras una publicación en el muro de Facebook de la tía de un alumno.
Molesta con la decisión de la directora de una escuela, una mujer que sentía que se había discriminado a su sobrino en un acto escolar, publicó en su red social de Facebook un comentario sobre el hecho.
Aunque éste no revestía mayor gravedad, las reacciones contra la directora fueron muy ofensivas. La nota fue compartida 243 veces, reaccionaron más de 550 personas y hasta pobladores de Monte Caseros (Corrientes) y Chajarí (Entre Ríos) realizaron comentarios agresivos.
La directiva acudió al Juzgado de Paz de Mocoretá donde inició una acción por daños y perjuicios por un monto de $70.000, además de solicitar que la mujer se rectificara o retractara por el mismo medio (Facebook).
El doctor Luis Jorge Podestá, titular de la dependencia judicial, aplicó a esta causa el Protocolo de Oralidad que rige en Corrientes desde el 1º de junio del año pasado para los fueros civil y comercial, contencioso administrativo y laboral.
En ese contexto se realizó una audiencia preliminar el pasado 4 de febrero, y asistieron la directora y su abogado, como también la mujer demandada y su abogado. El magistrado explicó las nuevas reglas de procedimiento y logró que la mujer eliminara el posteo y los comentarios que fueron el objeto del proceso judicial.
Además, ambas redactaron el siguiente texto: “Así como en el pasado existieron diferencias por circunstancias que no deseamos mencionar, consideramos oportuno hacer público que éstas han sido superadas luego de un diálogo franco y sincero entre nosotras”.
El texto lleva las firmas de ambas y se publicó de manera inmediata en el muero de la mujer demandada, tras la firma del acuerdo. Se le solicitó expresamente que esa nueva publicación no admita comentarios de terceros, para lo cual la mujer deberá activar la opción correspondiente.
Por último, se acordó que la firma y el cumplimiento del acuerdo extinguía el/los derecho/s y/o la/s acción/es emergente/s del presente proceso.
Fuente: Justicia Corrientes
Tribunal: Juzgado de Paz de Mocoretá
Voces: daños y perjuicios, publicación en Facebook, indemnización