Llevará pulsera electrónica y deberá hacer tratamiento por sus conductas impulsivas y violentas

Bernardo Ruiz, juez de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenó a Pablo Esteban Subelza a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por ser autor responsable del delito de lesiones graves agravadas por la relación de pareja preexistente y el género.

El juez ordenó la libertad del condenado por la modalidad de la condena dictada y le impuso las siguientes obligaciones por el lapso de tres años: prohibición de acercamiento a la víctima, a su domicilio particular, domicilio laboral y lugares donde ella concurra habitualmente en un radio de 300 metros, medida que será monitoreada a través de un dispositivo georeferencial (pulsera electrónica) del Sistema de Monitoreo de Agresores (SUMA) por el plazo de tres años; abstenerse de ejercer actos de violencia física o psíquica en perjuicio de la denunciante; concurrir a la Fundación Lapacho o al Programa de intervención para agresores de violencia de género del Ministerio Público Fiscal, a los fines de tratar sus conductas impulsivas y violentas, y acreditar mensualmente el cumplimiento de esta medida; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la condena impuesta. Finalmente, el juez ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Fuente: Poder Judicial Salta

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!