Liquidación de aguinaldo

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza dispuso que no corresponde calcular el sueldo anual complementario sobre el rubro ‘preaviso’, al no tratarse de una retribución de carácter remunerativo sino precisamente indemnizatoria.

Debe revocarse parcialmente la sentencia en cuanto calculó el sueldo anual complementario sobre el rubro ‘preaviso’, pues la indemnización sustitutiva del preaviso no es una retribución de carácter remunerativo, sino precisamente indemnizatoria, compensatoria de una obligación de hacer, esto es de permitir al trabajador que con una jornada reducida de trabajo pueda salir a encontrar otro con el cual reemplazar la relación laboral.

Fuente: MicroJuris.

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