Una mujer concurrió a un local comercial de Viedma y realizó la compra de un tanque de nafta en condición de “usado”para su auto Ford Ka. Sin embargo, se vio imposibilitada de instalarlo en su vehículo porque estaba pinchado, según le informó el chapista.
Cuando le avisaron al vendedor, y luego de varios reclamos, este ofreció realizar el servicio de soldadura a través de una persona de su confianza. Dicho arreglo resultó ineficaz. La mujer mandó a soldar nuevamente el tanque, y debió pagar por esta labor.
Los servicios de soldadura y posterior instalación del tanque, que debió hacerse dos veces, le ocasionaron una demora en el uso del vehículo. Por ello, decidió realizar la demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Viedma.
El juez en su fallo explicó: “la información sobre el bien adquirido no fue proporcionada de manera adecuada por la requerida”.
Agregó el magistrado: “el demandado, en su carácter de proveedor de un bien de condición usado, debió indicar y verificar previamente, que aquel fuera apto para su pleno uso o en su defecto indicar la existencia de vicios en forma clara y precisa”.
Finalmente el juez de Paz condenó al vendedor del tanque de nafta a abonar a la mujer, en concepto de daño directo, la suma de 22.978,80 pesos; además en concepto de quita proporcional de 30% sobre el valor del bien en cuestión, más sus intereses judiciales que asciende a la suma 39.573,60 pesos. También a abonar en concepto de daño extrapatrimonial la suma de 20.000 pesos además de imponer una multa por daño punitivo en la suma de 25.000 pesos más intereses.
Fuero: Civil y Comercial,
Tribunal: Juzgado de Paz de Viedma,
Voces: vendieron tanque de nafta pinchado, daño extra patrimonial, demanda, multa por daño punitivo,
Fuente: justicia río negro