Marcela Pájaro, titular del juzgado de familia de Bariloche, provincia de Río Nego, hizo lugar al recurso de amparo presentado por la madre de cuatro niños, beneficiarios de la AUH, a quien el Banco Patagonia le retuvo los montos correspondientes a esa asignación, aludiendo que tenía deudas con la entidad de una tarjeta de crédito.
En su fallo, Pájaro explicó que las asignaciones familiares son inembargables, no constituyen remuneración, ni están sujetas a gravámenes. Agregó que la suma de dinero liquidada por la ANSES está dirigida a los niños y niñas y no a sus progenitores, por ende es inembargable «por lo cual mal puede ser retenida o embargada por deudas de esto últimos».
La titular del juzgado resaltó que en los derechos del niño, que impone que «su interés superior sea de consideración primordial, obligación que le cabe a los actores de la sociedad civil y el sector privado» en este caso del banco en cuestión . Por ello la existencia de una deuda por otro motivo, «no hace más que afirmar la situación de vulnerabilidad del grupo familiar de que se trata».
Asimismo. añadió que «si bien la vía del amparo no es la adecuada para el reintegro de sumas de dinero, en el caso que se presenta no se trata de repetir algo que fue pagado por la amparista, sino devolverle dinero destinado a gastos de supervivencia que le fue retenido ilegítimamente».
Para la jueza el banco obró contra la ley y por ese motivo condenó a la entidad a devolver las sumas de dinero retenidas inmediatamente.
La magistrada destacó que este beneficio tiene el objetivo de constituirse como un paliativo a situaciones de pobreza o precariedad laboral de las familias y, por lo tanto, no puede ser embargados bajo ningún concepto.
Fuente: Diario Judicial