Los supremos Teresa Day y Pedro Llorente -identificados con el ala filo radical- firmaron el fallo que favoreció a una profesional del hospital Notti a la que el Gobierno debe reconocerle, con retroactvidad, el ítem mayor dedicación
Una médica del Hospital Humberto Notti, afiliada a AMPROS (Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud), le ganó una demanda al Gobierno de la provincia porque la Suprema Corte de Justicia le dio la razón a su reclamo para que le reconozcan su «mayor dedicación». Lo notorio es que el fallo del máximo tribunal contra la administración que encabeza Rodolfo Suarez fue firmado por dos supremos procedentes del ala radical: Teresa Day y Pedro Llorente.
Es más: desde el gremio que conduce Claudia Iturbe consideraron la decisión de la Sala 1 como «un duro revés para el Gobierno» sobre todo porque la Procuración General de la Corte y la Fiscalía de Estado se habían expedido en contra del reclamo.
Este fallo favorable a la médica bioquímica Gabriela Gutiérrez se conoció a poco de que el Senado provincial trate y convierta en ley el proyecto de reforma de la Suprema Corte del Poder Ejecutivo.
Esta iniciativa generó una gran debate, que aún no concluye pero que se fue diluyendo tras el acuerdo alcanzado por los siete supremos para acordar algunos puntos del proyecto.
Durante las discusiones previas desde el peronismo se acusaba a los jueces provenientes del ala radical –además de Day y Llorente, están Dalmiro Garay y José Valerio- de favorecer al Gobierno lo que quedó desacreditado, al menos en este fallo a favor de la médica del Notti.
Un comunicado de AMPROS, conocido este martes dice que «en lo que significa un duro revés para el Gobierno de Mendoza en su afán de continuar con la política de contrataciones en negro en el sector slud, la Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia falló en favor de una profesional de la salud mendocina en su reclamo por el cobro del adicional mayor dedicación. Así la médica bioquímica Gabriela Gutierrez, que presta sus servicios en el Hospital Humberto Notti, verá trasformado su contrato de locación por el ítem mayor dedicación y además cobrará la diferencia salarial desde el año 2015 a la fecha».
La doctora, con un cargo de planta de 24 horas semanales y un contrato de 12 horas más, patrocinada por los representantes legales del gremio reclamó en la Justicia «la irregularidad con la que el Gobierno la contrató durante 7 años bajo la modalidad de locación de servicio. Lo cierto es que, con el fallo firme, la Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia obliga al Ejecutivo a reconocer y liquidar el adicional mayor dedicación desde que se inició irregularmente el contrato de locación».
Para la organización sindical,«el fallo es muy importante ya que sienta precedente para los profesionales de la salud que son empleados en negro por el Estado Provincial. Incluso el fallo deroga el decreto del gobernador de la provincia, Rodolfo Suárez, que pretendía justificar el contrato de locación por el cuál el Gobierno de Mendoza le abonaba su prestación a la profesional de la salud».
Finalmente señaló AMPROS: “A las diferencias que surjan a partir de dicha liquidación, en calidad de capital, deberá adicionárseles intereses legales desde que se devengó cada crédito y hasta la fecha de su efectivo pago, con aplicación de la tasa activa de acuerdo con lo expresado por este Tribunal”.
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de Mendoza
Voces: mayor dedicación, retroactividad, hospital público
Fuente: diariouno