La medida brinda pautas para la toma de muestra, obtención del perfil genético e incorporación al Banco de Datos Genéticos provincial, así como al Registro Nacional de Datos Genéticos.
Por medio de la Resolución N°231/21, la Suprema Corte de Justicia la provincia de Buenos Aires resolvió aprobar el Protocolo para la toma de muestra, la obtención del perfil genético y su incorporación al Banco de Datos Genéticos provincial y al Registro Nacional de Datos Genéticos en investigaciones referidas a delitos contra la integridad sexual.
En este sentido, la Suprema Corte ordenó requerir a los Juzgados de Ejecución Penal que remitan al Banco de Datos Genéticos de la Provincia (BPDG) la nómina de personas que se encuentren cumpliendo condena por delitos contra la integridad sexual, indicando si se encuentran en libertad o alojados en dependencias del Servicio Penitenciario.
Además, el alto tribunal entendió que, a los fines de instrumentar debidamente el ingreso de los perfiles genéticos al Banco de Datos de la misma, debía efectuar algunas precisiones respecto del procedimiento que deberán llevar a cabo Fiscales, Jueces y quienes intervengan en los mismos.
En su texto, el Protocolo aprobado establece que la toma de muestra en sede judicial, de imputados o condenados, será realizada mediante dispositivos específicos de acuerdo al protocolo realizado por el BPDG. A su vez, los Bancos de datos locales serán administrados por los responsables de los tres laboratorios que realizan análisis de ADN en el marco de investigaciones criminales.
Con relación a los laboratorios mencionados, se establece –entre otras cuestiones- que deberán realizar un relevamiento de los perfiles individuales obtenidos a partir de imputados en causas de delito sexual y remitir el listado al laboratorio de referencia del BPDG, previa orden del Juez competente.
Asimismo, se define que el perfil genético incriminatorio se refiere al perfil genético obtenido a partir de un vestigio (material biológico transferido de una persona a otra o a un objeto), del cual se desconoce la identidad del individuo que lo generó y se asume que corresponde al autor del hecho.
La resolución de referencia, cuenta con la firma de los Ministros Sergio Torres, Eduardo Pettigiani, Luis Genoud, Hilda Kogan y Daniel Soria, y del Secretario de Planificación, Néstor Trabucco.