La decisión la tomó el Tribunal integrado por los Dres. Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Emilio Castrillon -el Dr. Miguel Angel Giorgio no participó porque intervino como juez de juicio-. La audiencia se celebró en la mañana de hoy y Gabriel Actis no estuvo presente.
El 26 de diciembre de 2018, a las 12.30 horas, se realizará la lectura íntegra de los fundamentos de la sentencia. El recurso de impugnación extraordinario fue presentado por los Dres. Matías Argüello De la Vega y Hugo H. Gemelli, defensores técnicos de Actis, quienes pidieron revisar la condena por considerarla arbitraria en la valoración de la prueba. Además mantuvieron la reserva federal para apelar ante la CSJN y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.- La querella, integrada por los Dres. Raúl Barrandeguy y José Candelario Pérez, consideró que en esta causa se cumplió con la “Doctrina del doble conforme”, y sostuvo que se pretende volver a lo que ya se discutió en el Juicio y en la Casación, afirmando que se plantea un “reexamen de las mismas cuestiones, con los mismos argumentos y en las mismas palabras”, lo que ya no es posible. Por su parte el Procurador General, Dr. Jorge Amilcar García, coincidió con la querella en la improcedencia de esta vía extraordinaria, planteando que en la Casación se agota la revisión de todo lo que pudo ser examinado y que el recurso extraordinario no es una tercera instancia, por lo que solicitó que se rechazase el recurso de impugnación extraordinaria y se confirme la condena.-
Pablo Gabriel Actis fue declarado, de manera unánime el 4 de julio de 2016, autor material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por ejecutarse en un contexto de violencia de género de Agustina Turano, y en consecuencia fue condenado a la pena de prisión perpetua. El 26 de septiembre de 2017 el Tribunal de Casación compuesto por los Dres. Marcela Davite, Ricardo Bonazzola y Hugo Daniel Perotti resolvió rechazar el recurso interpuesto por la defensa de Actis, confirmando su condena.- La Sala Penal del STJ resolvió no hacer lugar a la impugnación extraordinaria deducida por los señores Defensores Técnicos de Actis, por lo que confirmó íntegramente la condena a prisión perpetua de Actis, quien cumple prisión preventiva desde el día que se leyó el adelanto de su sentencia del Tribunal de Juicio, dado a que se consideró que existe riesgo de que se fugue.
Fuente: Poder Judicial Entre Ríos