La opinión del joven a ser adoptado fue determinante en la decisión del juez.

El Juzgado de 5ª Nominación de Familia de Córdoba concedió la adopción plena por integración planteada por el solicitante respecto del hijo de cónyuge, con adición de apellido del adoptante.

El Juzgado de Primera Instancia de Familia de 5ª Nominación de Córdoba hizo lugar a la petición del accionante, de adopción por integración con efectos de la adopción plena respecto del joven que es hijo de su cónyuge.

Fuente: Comercio y Justicia

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