La Municipalidad debe pagar a exagente por “acoso laboral”

El Tribunal Superior de Justicia confirmó el fallo que condena a la Municipalidad y a Néstor Fabián Carranza por el caso de “acoso laboral” rayano con el de “acoso sexual”

La Municipalidad deberá indemnizar a una empleada de Seguridad Ciudadana, a quien se consideró víctima de “acoso laboral”, según se desprende la resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que firmó el viernes último la jueza Beatriz Calvimonte.

El TSJ definió “inadmisible el recurso de casación interpuesto por Néstor Fabián Carranza, dirigente del Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (SUOEM), quien fue acusado por Marcela Mónica Quiero como autor del acoso cuando se desempeñó en esa dependencia comunal entre los años 2007 y 2009”.

Carranza, conocido en años anteriores como boxeador bajo el apodo de «Mojarrita», y que el 15 de julio próximo cumplirá 54 años, ya había sido condenado a través de un fallo emitido por el juez Osvaldo Mario Samuel, por lo que tiempo después interpuso el trámite de casación que recientemente quedó diluido por el TSJ, confirmó la decisión del juez villamariense.

En los fundamentos de la resolución el TSJ cordobés esgrime como fundamento para sostener el fallo de Samuel que, al analizarse el caso, está obligado “a garantizar al colectivo de mujeres una protección eficaz contra la discriminación”, situación que vivió la agente de Seguridad Ciudadana a través del accionar de Carranza, por lo que confirmó que se trató de un caso de “violencia laboral”, toda vez que la mujer era obligada a asistir a actos proselitistas, a la que vez que era pasible de descuentos en sus haberes como contribución para un partido político.

Pero la resolución del TSJ va más allá y directamente deja en el umbral de otra situación agravante sufrida por Marcela Quiero, cual es la del “acoso sexual”.

Al respecto se indica que ella “era sometida a situaciones de connotación sexual”, por lo que, para encontrar cierta estabilidad en el trabajo estaba obligada a soportar insinuaciones, expresiones o gestos que “pueden considerarse como acoso sexual”.

Se añade que la empleada fue víctima de “daño moral” y, en relación a esta figura, se destaca que se la convirtió en víctima “por su condición de mujer y trabajadora precarizada, así como por su ideología política”.

La novedad, entonces, es que, Carranza, por su lado, pero sobre todo el erario municipal se verá afectado por la obligación judicial de tener que pagar una indemnización a la exempleada, montos que aún no fueron determinados, toda vez que se espera que los mismos se actualicen dado que las acciones judiciales se iniciaron hace más de 10 años.

Carranza, destacado en condición amateur, actuó como profesional del pugilato entre los años 1989 y 1991, cuando abrió un compás en su carrera debido a una lesión ocular, aunque retornó al ring el 30 de octubre de 1997, en ocasión de la presentación de Fabio “la Mole” Moli en el Anfiteatro Municipal, aunque después de tres combates se retiró al año siguiente.

Cabe recordar que «Mojarrita» Carranza fue representante argentino en los Juegos Panamericanos celebrados en Indianápolis el año 1987.

Crimen de Alexander

Se pospuso dos días la indagatoria a los dos jóvenes detenidos en relación al crimen de Miguel Alexander «Nano» Martínez, que estaba prevista para las primeras horas de la tarde de hoy.

Al respecto se precisó que la recepción de las declaraciones de Joaquín Munarriz Gianoni y Eliezer Tomás Cánova se concretará recién a partir de las 14 del próximo jueves 25 del corriente en la Fiscalía de Instrucción de Segundo Turno, a cargo de Juliana Companys.

Martínez fue hallado sin vida en un campo en jurisdicción de Arroyo Algodón durante las últimas jornadas de mayo pasado y, por el hecho, fueron detenidos Munarriz y Cánova.

Fuente: El diario cba

Fuero: Laboral
Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
Voces: acoso laboral, empleada municipal, recurso de casación
Fallos relacionados: JURISPRUDENCIA – ACOSO LABORAL. Acoso sexual. MARCO TEÓRICO. LEY 23592. CARGA PROBATORIA. Inversión.

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