Se trata de una medida cautelar. Un juez ordenó congelar el capital y actualizar la cuota únicamente con la tasa de interés prevista en el contrato.
Los tomadores tucumanos de créditos para viviendas basados en las Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs) se enteraron por estos días de una noticia que les genera cierta esperanza: la Justicia local falló a favor de una clienta que en mayo de 2018 había sacado un préstamo por $ 3 millones, con una cuota inicial de unos $ 20.000, y en mayo de este año el monto adeudado ascendía a $ 9.1 millones y la cuota había superado los $ 80.000.
«No existe ningún negocio financiero en el mundo que otorgue una rentabilidad de un 300 % en solo dos años».
Si bien se trata de una medida cautelar, el Juzgado Civil y Comercial de la Sexta Denominación de Tucumán, a cargo del juez Jesús Abel Lafuente, resolvió congelar el capital adeudado a la fecha de la interposición de la demanda (septiembre de este año). Además, decidió suspender la aplicación del sistema de actualización UVAs y ordenarle al banco que, para el cálculo de las cuotas siguientes, utilice únicamente la tasa de interés prevista en el contrato, hasta tanto recaiga una sentencia definitiva.
En su escrito, los abogados Jaime Soler y Nicolás Soria habían planteado principalmente una acción judicial de consumo por infracción a los deberes de información y trato digno de la ley de defensa del consumidor. «Se observa un desequilibrio contractual que favorece a los bancos, debido a la inflación. No existe ningún negocio financiero en el mundo que otorgue una rentabilidad de un 300 % en solo dos años», explican los letrados a LA GACETA.
«Se observa un desequilibrio contractual que favorece a los bancos».
«Desgraciadamente, no sólo las cuotas aumentan sino también el capital. Esa es la realidad que viven hoy las personas que han sacado estos créditos. Son una verdadera bomba de tiempo. Es un claro caso de usura», añaden.
Otra de las razones que mencionan es la falta de información o la información confusa que brindan y han brindado las entidades financieras a sus clientes. «No se les explica cómo se actualiza el capital. Son contratos muy difíciles de comprender y al momento de cobrar los bancos no desglosan los distintos rubros», precisan.
De Córdoba, ¿una solución nacional?
El fallo del magistrado Lafuente se conoce luego de que, unas semanas atrás, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Graciela Montesi, Ignacio Vélez Funes y Eduardo Avalos admitieran, en un fallo dividido, la primera demanda colectiva de los tomadores de esa línea. La causa había sido iniciada en junio de 2019 por las abogadas María Julia Irazoqui y Lorena Fernández Millicay, en representación, esta última, de la Fundación Club de Derecho Argentino. «Para que lo entienda la gente, lo que se resolvió abarca a todo el universo de clientes UVAs del Banco Nación, desde La Quiaca a Ushuaia», explica Irazoqui durante una charla telefónica con este diario.
En el caso cordobés, tras la inscripción de la demanda, ahora debe iniciarse un juicio en el que los requirientes solicitan, principalmente, la prohibición de que se continúe indexando el capital de los créditos más allá de la fecha de interposición de ese escrito; es decir, 2019. De prosperar, esto impactará no solo en el capital adeudado, si no también en el monto de la cuota a pagar.
«El fallo de Córdoba admite la realización de un juicio en el que se va a tomar una decisión que se extenderá al universo de hipotecados UVAs del Nación que hayan accedido a una vivienda familiar, única y permanente», reitera Irazoqui. «La diferencia con los juicios que han habido hasta ahora, es que estos han sido para obtener medidas cautelares (provisorias) y para un único deudor. Por el contrario, la decisión que se tome en esta oportunidad tendrá efecto para todos los deudores, sin necesidad que cada uno haga un juicio por separado y sin necesidad que se presente a este proceso colectivo», asevera.
«Pero debemos ser pacientes -prosigue la letrada cordobesa-: este primer paso solo permite que se inicie el proceso. La Justicia todavía no ha dicho si el sistema UVAs debe o no debe modificarse. Esto es lo que a partir de ahora empezará a discutirse».
Una nueva marcha
En unos días los hipotecados de todo el país que han adquirido créditos para viviendas durante el gobierno del ex presidente Mauricio Macri bajo esta modalidad planean marchar en varias ciudades, en un mismo reclamo al Congreso y al Gobierno del actual mandatario, Alberto Fernández: salir de ese sistema de indexación.
El método UVAs ajusta las cuotas y el capital al ritmo de la inflación, por lo que quienes sacaron un crédito de unos $ 3 millones en 2018, hoy deben unos $ 10 millones y pasaron de pagar una cuota de $ 20.000 a pagar unos $ 80.000, como el caso que han llevado a la Justicia los abogados Soler y Soria. Los salarios, en cambio, no se han actualizado a ese ritmo.
De hecho, días atrás Fernández criticó este modelo, pero no propuso una salida. Inicialmente, había planteado la necesidad de poner freno a los ajustes mediante una serie congelamientos, los cuales se implementaron en plena pandemia. Finalmente, impulsó una nueva línea de créditos PROCREAR con un sistema de actualización del capital con una fórmula HogAr, (basada en el coeficiente de variación salarial). Pero no ha ofrecido salida para quiénes ya han contraído contratos UVAs.
La última medida con respecto a los UVAs tomada por el Gobierno nacional data de mayo de este año, cuando se informó que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) había desarrollado un instrumento para detectar de manera temprana las cuotas que superaran el límite del 35 % en relación a los ingresos del grupo familiar. Ese tope fue establecido por el decreto 767/20, que rige desde febrero de este año y ha fijado, además, un mecanismo de convergencia con vigencia hasta julio de 2022, para evitar saltos sustanciales tras el congelamiento de 10 meses.
Además, por aquel entonces, el ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat, Jorge Ferraresi, había afirmado que los bancos oficiales (Nación, Hipotecario y Provincia) pasaban a subsidiar las cuotas de los hipotecados UVA que superaran ese 35% del ingreso del grupo familiar. Sin embargo, reina la confusión entre los hipotecados porque quienes ya han pasado ese tope no se encuentran con un subsidio, sino con un nuevo crédito que se les anexa para el final de la vida del crédito principal.
También en aquel momento Ferraresi indicó que el Banco Hipotecario, donde hay 7.655 tomadores de créditos UVA (todos con el subsidio Procrear), iba a salirse de ese mecanismo de indexación para ajustarse de acuerdo con la evolución salarial. Lo cual efectivamente sí sucedió. Pero el número de aliviados es ínfimo.
Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado Civil y Comercial de la Sexta Denominación de Tucumán
Voces: créditos UVA, tasa de interés, medida cautelar