El juez porteño, Roberto Gallardo, dictó sentencia sobre las empresas de delivery autodenominadas plataformas que en el marco del Expte. n.° 36976/2018-0, que tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires iniciada por la “Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios ASIMM”, ejecutando la resolución cautelar del pasado día 10 de julio por la Cámara de Apelaciones del fuero. El nuevo gremio de los trabajadores de plataformas denuncia que siguen funcionando en busca de mejoras laborales.
En su sentencia, Gallardo tiene por objetivo “regularizar las prestaciones de las empresas conforme el marco legal vigente y la medida cautelar”, “impedir que continúen produciéndose accidentes evitables, que cobren la vida o la integridad física de los empleados repartidores”, “prevenir y evitar situaciones que conlleven daños a la salud de la población por la eventual manipulación indebida de alimentos”, así como “prevenir y evitar la distorsión de los sistemas de distribución a fin de que no sean utilizados para consumar ilícitos”.
Las empresas autodenominadas plataformas deberán entregar a la Justicia en el término de dos días una obligación impuesta hace más de siete meses y que aún se encuentra incumplida por las sociedades Rappi Arg. S.A.S. (RAPPI), Kadabra S.A.S. (GLOVO), y Repartos Ya S.A. (PEDIDOS YA).
Las tres empresas de renombre internacionales aún no enviaron la información solicitada al juez Gallardo de:
· Una lista completa de su personal.
· La constancia de haber entregado por su cuenta y cargo a la totalidad del personal los implementos de seguridad vial exigidos por la ley (casco, indumentaria para visualización nocturna, fijación de caja en rodado). El costo de dichos materiales no puede ser exigido al personal bajo ningún concepto.
· La acreditación de que el personal de reparto posee libreta sanitaria vigente.
· Las constancias de regularidad laboral y de cobertura de seguros y ART.
Por estos motivos mencionados, el juez porteño decidió hasta tanto esas condiciones legales y judiciales sean cumplidas en su integridad, “SUSPENDER la actividad de las empresas Rappi Arg. S.A.S. (RAPPI), Kadabra S.A.S. (GLOVO), y Repartos Ya S.A. (PEDIDOS YA) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Y también decidió que a partir de la fecha todo envío transportado por personal dependiente de las empresas Rappi Arg. S.A.S. (RAPPI), Kadabra S.A.S. (GLOVO), y Repartos Ya S.A. (PEDIDOS YA) que no respete íntegramente los requisitos legales y judiciales establecidos supra, será DECOMISADO por la Policía de la Ciudad, conforme la orden impartida y remitido al área de análisis bromatológico del GCBA o al laboratorio químico de la Policía en caso de sustancias no alimentarias.
Sanciones. Gallardo también decidió sancionar a las plataformas con el pago de pesos diez mil por cada infracción verificada. Así como serán bloqueadas de inmediato las operatorias mediante tarjetas de crédito de las empresas mencionadas, conforme la orden impartida a la autoridad crediticia. Y también dispuso que la “violación de lo antedicho quedará encuadrada en desobediencia judicial” y se dará intervención inmediata al fuero penal a sus efectos.
Fuente: InfoJudicial.