La Justicia obligo a una obra social a cubrir tratamiento de fertilidad asistida

La Cámara Laboral de Bariloche benefició con su fallo a una pareja afiliada a Omint con un límite.

Una pareja de San Carlos de Bariloche se vio beneficiada por un fallo de la Cámara Laboral de la ciudad rionegrina para que su obra social cubra los costos totales de un tratamiento de fertilidad asistida.

El sitio ADN fue quien dio a conocer la noticia que contempla un límite de dos intentos para Omint responsa ante la solicitud de sus afiliados.

Para esta trascendental de decisión que sentará jurisprudencia, los jueces Juan Lagomarsino, Rubén Marigo y Carlos Salaberry tuvieron en cuenta la condición clínica de la pareja demandante y los informes emitidos por el médico tratante, quién aconseja la realización del tratamiento.

Se tuvo en cuenta un fallo del Superior Tribunal de Justicia de junio de 2011 donde se específica una situación similar con otra obra social, considerando que “la infertilidad, debe ser concebida como un impedimento a la reproducción natural y, en consecuencia, como un daño a la salud, que no constituye un problema que afecte sólo a las mujeres, sino que también puede expandirse en la población masculina”.

La ley nacional 24754 determina que las empresas o entidades que presten servicios de Medicina Prepaga deberán cubrir, como mínimo, en sus planes de cobertura médico asistencial, las mismas prestaciones obligatorias dispuestas para las Obras sociales.

Fuente: lmcipolletti.com

Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Laboral de Bariloche
Voces: fertilidad asistida, cobertura, obra social
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