La jueza Ana María Carriquiry le ordenó al Poder Ejecutivo de Salta presentar un plan de Salud Mental en el plazo de 10 días. La sentencia marca un precedente y deja en evidencia un cambio de paradigma en la Justicia.
La ciudad de Orán, en Salta, cuenta con el primer fallo judicial a través del cual, la jueza de familia Ana María Carriquiry obliga al Poder Ejecutivo de esa provincia a presentar un Plan de Salud Mental ante su juzgado en un plazo de 10 días. Dicha medida fue impuesta tras la acción de amparo colectiva presentada por los Asesores de Incapaces del Distrito Judicial de Orán, por los derechos de los habitantes de la zona de contar con un servicio de salud mental de calidad.
A través de la medida judicial emitida por el Juzgado de Familia Nº2, la provincia de Salta deberá presentar en el lapso de 10 días una propuesta que involucre el cumplimiento de las metas presupuestarias destinadas a la salud mental, que alcanzan al 10 por ciento del total de las partidas destinadas al Ministerio de Salud de la provincia. En ese sentido, dicho plan debe ser cumplido en un plazo de un año a partir del dictado de la sentencia emitida el martes 26 de julio.
«La falta del cumplimiento de la Ley de Salud Mental es muy evidente», destacó la jueza Ana María Carriquiry al ser consultada por MDZ y agregó: «A través de las investigaciones realizadas pudimos corroborar que se utiliza sólo el 0,4% del 10% del total de las partidas presupuestarias destinadas al Ministerio de Salud de la provincia que establece la ley en su artículo 32».
Teniendo en cuenta que las cifras que se registran en torno a los padecimientos relacionados a la salud mental tanto a nivel del sistema público como privado muestran un aumento preocupante y dan cuenta de las consecuencias de la pandemia en la sociedad, el fallo emitido en Orán sienta un precedente importante que será de utilidad para la generación de políticas públicas tendientes a combatir este flagelo.
«Es urgente un cambio de paradigma de la magistratura. Las audiencias públicas fueron muy importantes ya que los ciudadanos pudieron expresarse y relatar sus padecimientos en primera persona», destacó.
«He declarado el ‘Estado de cosas inconstitucional‘ por primera vez en la provincia, esto implica hacer responsable al Estado provincial por el avasallamiento de los derechos de las personas de forma masiva, violando la Constitución Nacional», manifestó Carriquiry y agregó: «Es un hecho gravísimo que tiene un solo antecedente en todo el país, creo que las cosas hay que llamarlas por su nombre y acá la falta de políticas públicas para el cumplimiento de la salud mental crea un hecho grave del Estado y una violación del mismo Estado a la Constitución Nacional».
En Argentina, según la Cámara de Entidades de Medicina Privada (Cempra), las consultas psiquiátricas en algunos sistemas de salud aumentaron más del 40%. Ese porcentaje identifica a los afiliados que poseen una cobertura de salud privada y en el sector público las cifras son similares.
La resolución judicial emitida en Salta a través de la cual, la jueza Carriquiry habló de una «no prestación injustificada del servicio de Salud» que afecta a Orán, se dio en el marco del amparo colectivo presentado por los asesores de Incapaces del Distrito Judicial de dicha ciudad, Gladys Reynoso y Cristian Babicz.
Detalles de la sentencia
La sentencia emitida detalló la situación de precariedad en la cual se encuentran el Hospital local, San Vicente de Paul, y el Centro Tinku, destinado al tratamiento de las adicciones. «Las observaciones realizadas dieron cuenta de la existencia de un psiquiatra, un psicólogo efectivo y dos psicólogos contratados para la atención de una población de 140.000 habitantes», destacó la jueza Ana María Carriquiry en diálogo con MDZ y agregó: «Los atienden en una misma guardia sin la existencia de un lugar específico para internaciones. Tuvimos el testimonio de una persona que estuvo una semana en una camilla debido a la falta de un lugar acorde para su atención».
En ese sentido, el escrito asegura que existió una omisión por parte del Estado provincial en el desarrollo de políticas públicas en materia de salud mental y ordena la implementación con carácter cautelar del plan de salud mental que deberá ser presentado en el plazo de 10 días ante la Justicia.
Otro aspecto que menciona el fallo es que tanto la Auditoría General de la Provincia como las Cámaras Legislativas deberán controlar el efectivo cumplimiento de la asignación de un 10% del presupuesto de salud a la atención de personas cuya salud mental se vea afectada.
En el escrito, que surge a partir de la realización de audiencias públicas e inspecciones oculares en los hospitales San Vicente de Paul de Orán y Miguel Ragone de Salta; la magistrada exige que el Gobierno de esa provincia ponga en funcionamiento, en un plazo de 90 días, el Órgano de Revisión de Salud Mental, cuya función principal será controlar y garantizar el cumplimiento de la ley.
Fuente: mdzol.com