El cliente bancario hizo un reclamo para no pagar las cuotas de un préstamo que él no pidió, sino que fue hecho a su nombre como consecuencia de una estafa, una modalidad que creció en los últimos años.
El juez especializado en consumo Martín Converset hizo lugar al reclamo de un cliente bancario, víctima de estafa virtual, para no tener que pagar las cuotas de un préstamo que él no pidió, sino que fue hecho a su nombre.
El cliente fue víctima de la modalidad phishing y la Justicia instó al Banco Macro a que no le descuenten las cuotas del préstamo que se comprobó no fue hecho con su consentimiento y le prohibió a la entidad bancaria iniciar algún tipo de acción judicial para cobrar ese dinero.
El préstamo que se solicitó en su nombre través del homebanking, fue de $88 mil en abril del 2021 y el mismo fue pre-aprobado acreditado en su caja de ahorro.
El juez sostuvo que es “una típica relación de consumo, en tanto, la parte actora se encuentra vinculada con el Banco Macro a través de su caja de ahorros/cuenta”, una modalidad que creció en los últimos años.
“En esta era de implementación de nuevas tecnologías y nuevas formas de contratación, que se agudizó aún más con la obligatoriedad de recurrir a la modalidad virtual producto de la pandemia por Covid-19, debemos hacer especial hincapié en la protección del consumidor ante situaciones como la del caso de marras, donde el actor incluso ha denunciado penalmente haber sido víctima de un delito digital”, sostuvo el magistrado en su fallo.
El juez tuvo en cuenta el reclamo administrativo que hizo el cliente y que, además, hizo una denuncia penal por la estafa. Ante ello, ordenó al Banco Macro “se abstenga de ingresarlo en una base de morosos ante BCRA en relación al préstamo no consentido”.
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo n.° 5 de la Ciudad de Buenos Aires
Voces: cliente de banco, estafa virtual, cuotas de préstamo
Fuente: serajusticia.net