Remarcó el carácter excepcional de la competencia federal y que en el caso se demandaba a la Provincia.
El titular del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, Pablo Oscar Quirós, declaró su incompetencia en el marco de una acción de amparo promovida por una jubilada, de 67 años de edad, contra el Ministerio de Salud de dicha Provincia, a efectos de que éste le provea la segunda dosis de la vacuna Sputnik V, con fundamento en las comorbilidades que padece.
La mujer argumentó que la Provincia aplica un criterio arbitrario en la vacunación, en relación a la respuesta que dicho Ministerio le brindó, siendo éste por orden de inscripción, y no atendiendo a los grupos etarios y enfermedades preexistentes.
No obstante el planteo de la demandante, el juez Quirós, en la inteligencia de que la competencia federal es de carácter excepcional, y con base en que la pretensión es dirigida contra el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, se declaró incompetente para conocer en el caso.
Destacó que, en virtud de la Resolución 2883/20 del Ministerio de Salud de la Nación y del Decreto Nº 260/20 del Poder Ejecutivo Nacional, son las jurisdicciones provinciales y Ciudad Autónoma las que deben gestionar la planificación del plan de vacunación, debiendo adaptarlo cada una de ellas a la realidad local.
En su pronunciamiento, consideró, además, la naturaleza de la relación jurídica en disputa, la que -a su entender- debe ser regida por el derecho común; “…sin perjuicio de que las cuestiones federales que también puedan comprender sean susceptibles de adecuada tutela por la vía del recurso extraordinario…”.
Por último, hizo mérito en que su decisión no se ve alterada por el hecho de que en la acción se invoquen cláusulas constitucionales y derechos contenidos en tratados internacionales, toda vez que su eventual violación no sujeta, por sí sola, las causas al fuero federal, “…pues éste sólo tendrá competencia cuando sean lesionadas por o contra una autoridad nacional”.
Cabe descatar, a su vez, que el Ministerio Público Fiscal también se había expedido en favor de la competencia local para tratar el asunto como, finalmente, sentenció el juez federal Quirós.
Fuero: Federal
Tribunal: Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza
Voces: vacunación covid-19, competencia provincial, responsabilidad del Estado