La acción fue iniciada por asociaciones de pacientes y busca que se normalice el funcionamiento de la Dirección de Asistencia Directa para Supuestos Especiales (DADSE).
El juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 2, Marcelo Bruno Dos Santos, decidió inscribir un proceso colectivo promovido por un conjunto de asociaciones civiles que representan a pacientes de cáncer y otras enfermedades graves como también sus familiares con el fin de tutelar los derechos a la salud y a la vida de las personas que requieren medicación o asistencia en su tratamiento médico y están esperando la resolución de sus expedientes ante la Dirección de Asistencia Directa para Supuestos Especiales –DADSE– dependiente del Ministerio de Salud de la Nación.
El magistrado asumió la causa luego de conflicto de competencia con el fuero contencioso administrativo y evaluó la admisibilidad a la luz de las Acordadas de la Corte Suprema que rigen los procesos colectivos. Hecho ese examen consideró que se cumplen los requisitos para su tramitación. Sostuvo que:
1.- La composición del colectivo comprende a todas las personas que requirieron asistencia médica a la DADSE y que cuentan con un expediente cuyo trámite se ha visto suspendido por las decisiones de esta administración (suspender el procedimiento para la obtención de presupuesto, falta de designación de un Director o Subdirector, falta de dependencia institucional a alguna Secretaría, falta de presupuesto suficiente).
2.- El objeto de la pretensión consiste en que se establezca la obligación de designar autoridades de la DADSE, de sancionar un procedimiento respetuoso tanto del debido proceso como de la urgencia requerida, de destinar una cantidad suficiente de personal y empleados públicos que pueda dar respuesta a los requerimientos en un plazo no superior a 20 días, y de garantizar la existencia del presupuesto necesario durante todo el ejercicio.
3.- El sujeto demandado es el Estado Nacional -Ministerio de Salud- Dirección de Asistencia Directa por Situaciones Especiales.
De tal modo, definió esos elementos en su resolución y mandó a inscribir el proceso ante el Registro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Juzg. Civil y Comercial Federal N° 2, Expte. CAF 5622/2023, «Alianza Argentina de Pacientes Asociación Civil c/ Estado Nacional s/Amparo Ley 16.986», 19/06/2024.
Fuero: Civil y Comercial,
Tibunal: Juzgado Civil y Comercial Federal N° 2,
Voces: proceso colectivo, entrega de medicamentos, justicia federal, personas vulnerables, tratamiento médico,