A partir de ahora, la comisión por la venta de combustibles con tarjetas de crédito no deberá ser mayor al 0.5%.
La Justicia falló a favor de la Federación Argentina de Expendedores de Nafta del Interior en el reclamo por las altas comisiones que cobran en las ventas con tarjetas de crédito y la demora en la acreditación de los montos.
Se trata de un reclamo que se remonta al 2018 cuando FAENI, la entidad que reúne a todas las Estaciones de Servicio de la provincia de Santa Fe, inició un juicio contra Prisma Medios de Pago S.A
Este es un reclamo que también impulsó la CECHA, la confederación que integra a las cámaras de expendedores de combustibles de la Argentina, de la cual forma parte la cámara de Mendoza AMENA (Asociación Mendocina de Expendedores de Naftas y Afines).
A través de un fallo en primera instancia, el Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 8 le dio la razón a FAENI. A partir de ahora, la comisión por la venta de combustibles con tarjetas de crédito no deberá ser mayor al 0.5% y la acreditación de los pagos en tres días.
Desde la entidad calificaron a este hecho como “histórico”, ya que “las actuales condiciones ponen en riesgo la subsistencia de numerosas PyMES del sector”.
Un dato a destacar es que, en los países limítrofes, las mismas tarjetas cobran menos tasas y el plazo de pago es menor que en Argentina. Por último, desde el año 2015 rige en la Comunidad Europea un Reglamento a través del cual se estableció como tope para las tasas de intercambio del 0,2% en operaciones con tarjeta de débito y del 0,3% para las de crédito.
Fuero: Comercial
Tribunal: Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 8
Voces: estaciones de servicios, tarjeta de crédito, comisiones
Fuente: losandes