La jueza de San Luis Laura Molino condenó ayer al periodista Diego Masci por «violación a la intimidad», a pagar 90.000 pesos en la causa iniciada por la entonces ministra de Educación de la provincia a raíz de la viralización de un video en el que la funcionaria reconocía haber consumido drogas durante un viaje a Holanda.
Masci fue acusado de viralizar un video que había sido difundido en el que Natalia Spinuzza, actual secretaria de Medio Ambiente, reconocía haber consumido drogas y alcohol durante su viaje de luna de miel a Ámsterdam, Holanda. La Argentina y la persistente construcción de una republiqueta «Buenas noche, acá estamos con Juan, medio fumados», comienza diciendo Spinuzza, en ese entonces de 32 años, desde el interior de un barco en Ámsterdam, la capital de Holanda, acompañada de cerca por su marido. Enseguida cuenta las peripecias de un día en el que pasearon por distintos barrios, fueron de shopping y conocieron gente.
Y también compraron y fumaron cannabis, cuya venta es legal en la ciudad desde hace más de cuarenta años. «Tenemos medio todavía, porque era un churro enorme. Creo que les mandé la foto al grupo, si no se las mando. Y yo fumé muy poquitito, por las dudas: gracias a Dios, porque me fui a Marte», contaba Spinuzza, que poco después presentó su renuncia y denunció una «extorsión».
La jueza encontró «material y penalmente responsable» a Masci de haber viralizado el video que la funcionaria envió a un grupo de siete personas y que luego fue difundido en otro grupo de periodistas locales y subido a la página Zbol, de propiedad de Masci, bajo una identidad de fantasía «probado por las pericias», según consignó Télam.
La magistrada inició la jornada con una advertencia sobre su «imparcialidad» y repudió «el intento de presión por parte de la prensa, que durante dos semanas trató el hecho en San Luis como una violación a la libertad de expresión».
La medida judicial motivó el fuerte rechazo de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), que calificó el fallo como «un grave precedente para la libertad de expresión y para el libre ejercicio de la labor periodística«.
Además, el juicio al periodista movilizó ayer, nuevamente, hasta las puertas de los tribunales a dirigentes opositores de la provincia y a trabajadores de prensa nucleados en el Foro de Periodismo Argentino (Fopea), que cuestionaron el proceso.
Derechos en pugna
Fopea dio a conocer su sorpresa y preocupación por el fallo, no solo porque no ponderó «la protección especial que la Constitución Nacional le da a la prensa» sino porque genera un precedente que pone en riesgo el periodismo en San Luis, más aún porque «el propio gobernador Alberto Rodríguez Saá y otros funcionarios fueron testigos en contra del periodista».
Al priorizar el derecho a la intimidad de un funcionario por sobre el derecho a informar, el fallo de la Justicia de San Luis marcha a contramano de la jurisprudencia en la materia.
«En este juicio se enfrentan dos principios constitucionales: la libertad de prensa y el derecho a la intimidad», expresó el abogado de Spinuzza, Omar Uría, quien entendió que esos principios deben estar sujetos a las leyes vigentes, que «no son absolutos por estar delimitados por los derechos del otro».
En los tribunales de San Luis, Uría explicó que la filmación estaba dirigida a un grupo cerrado de amigos y fue «filtrado» con la intención de «provocarle un daño personal».
Esa postura fue la que se impuso en el fallo, que consideró que la publicación no se relacionaba con el desempeño de la labor pública de la funcionaria, que en ese momento se encontraba de licencia y en otro país, sino con su vida privada con el fin de «menoscabar su imagen pública, su honor y su intimidad».
En declaraciones a la prensa, el abogado de Masci, Ricardo Endeiza, afirmó que la sentencia fue «totalmente arbitraria» y dictada «desde Terrazas del Portezuelo por el gobernador Alberto Rodríguez Saá», y adelantó que apelará y llegará a «los máximos tribunales nacionales e internacionales para obtener justicia».
El abogado había responsabilizado por la publicidad del video a Spinuzza al afirmar que fue ella quien «revelo lo que estaba oculto» en una «actuación libre y voluntaria» y agregó que, como Ministra de Educación, no podía desconocer «el alcance de la redes sociales» en la difusión de sus actos.Traslado de jueces: la Justicia frenó la revisión que intenta el kirchnerismo en el Senado
No obstante, la jueza consideró que WhatsApp tiene un cifrado de extremo a extremo, una agenda de destinatarios habilitada por su administrador y está dirigida a personas «perfectamente determinadas», por lo que no es considerada una red social.
La jueza consideró que la web de Masci hizo uso de su liberad de expresión, que, en este caso, colisionó con el derecho a la intimidad.
La preocupación de ADEPA
Al transmitir su preocupación por el fallo, ADEPA recordó que el libre ejercicio del periodismo está amparado por la Constitución nacional y protegido por fallos nacionales e internacionales, inclusive en hechos donde se consideró la intimidad de las figuras públicas.
Citó una sentencia de 2011 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por la cual se dejó sin efecto la condena civil impuesta por la justicia argentina a los periodistas Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico, de Editorial Perfil, debido a una publicación de 1995 que supuestamente había afectado la vida privada del entonces presidente Carlos Menem.
La entidad, que preside Martín Etchevers, consideró que «la sentencia del tribunal de San Luis debería ser revisada en otras instancias judiciales con base en los criterios y antecedentes nacionales e internacionales, ponderando adecuadamente el derecho a la libertad de expresión, clave para que el debate democrático sea lo más amplio, diverso y vibrante posible».
Fuente: La Nacion
Fuero: Penal
Tribunal: Juzgado de Sentencia de San Luis
Voces: violación a la intimidad, viralización, periodista