Un hombre que había ahorcado con una soga a los cinco perros que tenía su hermana en su casa de Palpalá fue condenado hoy por la Justicia de Jujuy a cumplir dos años y medio de prisión de ejecución condicional, realizar un «curso de sensibilización y concientización animal», iniciar un proceso terapéutico «por sus conductas violentas» y acatar una restricción de acercamiento a la mujer, que lo denunció por los ataques.
Así lo informaron hoy fuentes judiciales al señalar que el fallo fue dictado por jueza ambiental de Jujuy, María Laura Flores, quien consideró que el acusado resultó responsable del delito de «crueldad animal en concurso real» en los cinco hechos.
En un juicio abreviado, la magistrada le impuso reglas de conducta que deberá cumplir el condenado para evitar ir a la cárcel, entre ellas, la prohibición de acercamiento a su hermana, que fue la denunciante del caso, a menos de 300 metros de su domicilio o en el lugar en que la mujer se encuentre durante el plazo que dure la condena.
Según la acusación de la fiscalía, el maltrato animal ocurrió, el 27 de agosto de 2023 en horas del mediodía aproximadamente, en circunstancias que el imputado retiró de un inmueble situado en el barrio Centro Forestal de la ciudad de Palpalá, a cuatro cachorros.
Los caninos eran de aproximadamente tres a cuatro meses de edad, de pelaje gris, de raza mestiza, y talla media, los cuales pertenecían a su hermana, con quien convivía en el mismo domicilio.
En esas circunstancias, los trasladó a un descampado donde se encuentra una casa abandonada, también en la zona rural de Palpalá, y allí con una soga les provocó la muerte por asfixia mecánica por ahorcamiento, dejándolos en el lugar.
A la noche del mismo día, regresó al domicilio de barrio Centro Forestal y se llevó una perra de edad adulta, de pelaje blanco, de raza mestiza de talla media (madre de los cachorros) que también pertenecía a su hermana.
El acusado llevó al animal a un descampado donde se encuentra una casa abandonada y con una soga le provocó la muerte de la misma manera que a los cachorros.
La resolución emitida por la jueza indica que el condenado deberá «abstenerse de ejercer actos de violencia en cualquiera de sus tipos (física, sexual, psíquica, social, económica) y actos molestos por cualquier medio: personal, telefónico, redes sociales en contra la denunciante», mientras dure la condena, precisaron.
Del mismo modo, se le ordenó asistir y acreditar la realización de un curso de sensibilización y concientización animal de 40 horas que le dictará vía zoom María de las Victorias González Silvano, docente a cargo de la materia Derecho Animal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Así también deberá asistir y acreditar cada treinta días, el inicio y sostenimiento de proceso terapéutico por sus conductas violentas, durante el tiempo que dure la condena salvo que el profesional mediante informe correspondiente de cuenta que se han cumplido los objetivos terapéuticos.
Por último, la magistrada le prohibió el acercamiento y contacto con animales, durante el plazo de la condena y hasta tanto tenga la alta terapéutica referida anteriormente, como así también el cumplimiento del curso antes indicado.
Entre los fundamentos expresados en la sentencia, la jueza consideró que se encuentra acreditado con el grado de certeza necesaria que el hombre «mató a cuatros cachorros y a su madre, de manera consciente y con la clara intención de causar sufrimiento».
Además, destacó según el desarrollo jurisprudencial que, «a los animales les deben ser reconocidos determinados derechos que derivan del derecho básico del respeto a la vida y a su dignidad como seres que sienten».
«Es menester reconocerle al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente», completa la resolución.
Del mismo modo, advirtió que el cambio de paradigma orientado a considerar a los animales como seres sintientes y merecedores de trato digno, «se encuentra receptado en la reciente reforma a la Constitución de la Provincia de Jujuy, Artículo 71 denominado: bienestar animal y prohibición del trato cruel».
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento previsto en el artículo 411 del Código Procesal Penal de la Provincia, donde la jueza María Laura Flores hizo lugar al acuerdo alcanzado entre el Fiscal y al acusado asistido por su abogado defensor.
Como fiscal se desempeñó Javier Sánchez Serantes, mientras que la querella estuvo representada por Andrea Szecsi, del Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy, mientras la defensa técnica fue ejercida por el Defensor Público Penal Roberto Savio.
Fuente: labuenainfo.com