La Justicia condenó a Max Delupi por calumnias e injurias en redes sociales

El conductor radial y televisivo Maximiliano “Max” Delupi fue condenado a pagar más de un millón de pesos a los periodistas Roxana Acotto e Iñigo Biain, en concepto de daño, honorarios y costas. Delupi fue hallado culpable de los delitos de “calumnias e injurias” contra Acotto y Biain, por agredirlos a través de expresiones en Twitter y Facebook en 2014.

La jueza de primera instancia Civil y Comercial del Juzgado de Cuarta Nominación, María de las Mercedes Fontana, determinó que Delupi fue responsable de causar daño moral contra los periodistas. Se trata de un fallo inédito que sienta precedente en cuanto al uso de las redes sociales. 

La controversia se originó a finales de 2014, cuando el medio Infonegocios –del cual Biain es director– publicó que Delupi y su productora recibían una “desmesurada” pauta publicitaria del gobierno nacional para demostrar direccionamiento hacia las voces afines a la gestión gobernante. 

La publicación molestó a Delupi, quien comenzó a calumniar a los periodistas a través de redes sociales (principalmente en Twitter y Facebook) y de los programas de radio del condenado, haciendo referencia al plano íntimo de los aludidos. 

“La naturaleza del daño (consecuencias disvaliosas en el espíritu de la persona) impide una restitución del estado de las cosas a la situación anterior al acaecimiento del ilícito dañoso, ya que es materialmente imposible hacerlo, puesto que no puede volverse el tiempo atrás. Es por ello que debe otorgarse una indemnización en dinero”, expresó la jueza en su resolución.

Fontana consideró que “la libertad de expresión no puede ser utilizada como carta blanca para efectuar las más diversas manifestaciones, sin consecuencia alguna”, y que ese derecho “debe armonizarse con el de la integridad moral y el honor de las personas”. 

“Su opinión debe adoptar determinados recaudos que son necesarios para no causar daños innecesarios e injustificables a derechos con igual rango constitucional, como lo son el derecho al honor y la intimidad”, agregó en el apartado XI de la resolución judicial. 

El condenado borró días más tarde sus publicaciones, pero en la causa quedó probado que “tal despliegue fue desarrollado durante diferentes momentos a lo largo de tres días y por redes sociales distintas, (por lo que) no es posible predicar la existencia de un error sino todo lo contrario: una intención concreta de dañar, excediendo así las fronteras internas y externas que rigen la libertad de expresión”. 

En 2019, el directorio de los Servicios de Radio y Televisión (SRT) de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) decidió el apartamiento inmediato de Delupi de los programas de radio y televisión y de las tareas de asesoramiento artístico que realizaba en el multimedio, tras denuncias públicas de supuesta violencia de género ejercida en ese ámbito laboral.

Fue tras una serie de reclamos colectivos y de una carta firmada por legisladores, periodistas, abogados y organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres.

El conductor integra en la actualidad el programa de radio La Gran Estafa, en AM 750. 

Fuente: La Voz del Interior.
Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado de primera instancia Civil y Comercial del Juzgado de Cuarta Nominación de Córdoba
Voces: calumnias e injurias, redes sociales, daño

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!