La Justicia avaló el reparto con aplicativos

Las aplicaciones que permiten solicitar servicios de reparto a domicilio podrán seguir trabajando en Rosario. Pese a la medida cautelar que habían antepuesto desde el Sindicato de Cadetes la semana pasada, la Justicia santafesina resolvió no hacer lugar y autorizar la permanencia de las plataformas digitales de Rappi, Glovo y Pedidosya. La resolución refiere a un «vacío normativo» en particular para quienes hacen el reparto en bicicleta.

Las aplicaciones que permiten solicitar servicios de reparto a domicilio podrán seguir trabajando en Rosario. Pese a la medida cautelar que habían antepuesto desde el Sindicato de Cadetes la semana pasada, la Justicia santafesina resolvió no hacer lugar y autorizar la permanencia de las plataformas digitales de Rappi, Glovo y Pedidosya. La resolución refiere a un «vacío normativo» en particular para quienes hacen el reparto en bicicleta.

La resolución se produjo tras dos audiencias que había convocado el juzgado de primera instancia Civil y Comercial de la novena nominación, a cargo de Gabriel Oscar Abad, en donde las partes no se pusieron de acuerdo. El gremio había insistido en que las aplicaciones cumplan con la ordenanza que regula en Rosario el servicio de cadetería, mientras que los abogados de las firmas internacionales habían solicitado una comisión para analizar el tema.

Hace dos meses, los cadetes habían exigido que el municipio controle y haga cumplir la normativa vigente y luego planteó un recurso ante la Justicia exigiendo la suspensión o clausura de estas plataformas.

Con el amparo que intentaba impedir el trabajo de repartidores autónomos que se sirven de Glovo, Rappi y Pedidosya para conectarse con los clientes, la resolución judicial refiere a un «vacío normativo».

Según un extracto del fallo de Abad, toda persona habilitada dedicada a la actividad de reparto, sea que trabaje en un vínculo de dependencia o de forma autónoma tiene la obligación de cumplimentar con las ordenanzas que regulan el tránsito en motorrodados para dicha actividad.

Pero nada se especifica en relación a la distribución de pedidos en bicicleta. «No resulta ocioso reseñar que estas aplicaciones se erigen como nuevas tendencias que a través de la tecnología proponen soluciones facilitadoras», resalta el juez para entender que la ordenanza vigente no es aplicable al desarrollo que realizan estas empresas.

En forma complementaria, el magistrado consideró que el municipio deberá entregar obleas identificatorias a los vehículos que hacen reparto, para que se ejerza el control a quienes hacen reparto y tal cual lo plantea la normativa vigente, ya sea si quien lo hace pertenece a alguna empresa de cadetería, es autónomo o lo hace mediante las aplicaciones informáticas.

Fuente: La Capital.

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