La decisión fue tomada por los jueces de la Sala I de la Cámara Federal porteña en el marco del principio de justicia universal. Hablaron del “momento excepcional de emergencia” y ordenaron avanzar con la indagatoria de Maduro
La Cámara Federal porteña ordenó este viernes reabrir una investigación por las responsabilidades del gobierno de Nicolás Maduro en crímenes y violaciones de derechos humanos ocurridos en Venezuela. El fallo, al que accedió Infobae, consideró que se tratan de delitos de “extrema gravedad” que obligan a actuar sin “dilación ni demora” para proteger a los “amplios sectores de la población civil” que se verían allí afectados.
“Corresponde asumir la jurisdicción universal y la competencia extraterritorial de los órganos judiciales de la República Argentina para su debido juzgamiento”, sostuvieron los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens. Es más: el fallo ordenó llevar adelante todas las diligencias que impulsó el fiscal Carlos Stornelli “con celeridad” por entenderlas “imprescindibles para contrapesar el accionar delictivo ejecutado por las autoridades estatales del gobierno venezolano”. Y motorizaron (”en caso de hallarse reunidos los requisitos legales”) llamar a indagatoria a los imputados, señaló el fallo al que accedió Infobae.
Entre esos imputados aparece “Nicolás Maduro Moros, Diosdado Cabello y todos aquellos identificados como responsables y se someta a juicio a todos los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad”, detalló el fallo. Uno de los votos planteó que en la causa se deben disponer ”todas las medidas cautelares urgentes que permitan la sujeción de los responsables al proceso, como ser su orden de captura inmediata”. La causa volverá ahora a manos del juez Sebastián Ramos.
La decisión de los tribunales argentinos impacta de lleno en el escenario político de la región: los venezolanos fueron convocados a elegir presidente en las elecciones que se realizarán el próximo 28 de julio. Maduro buscará su segunda reelección. La principal referente de la oposición María Corina Machado -ganadora de las primarias de octubre- fue inhabilitada para ejercer cargos de elección popular hasta 2036.
Entre Venezuela y Argentina rige una fuerte tensión: el gobierno de Javier Milei anunció “acciones diplomáticas” contra el de Nicolás Maduro después de que este cerrara el espacio aéreo de Venezuela a los aviones argentinos que quieran sobrevolar su territorio. La semana pasada, el gobierno de Javier Milei informó que había “acogido a líderes de la oposición venezolana en la residencia oficial de la embajada argentina en Caracas” y denunció el posterior corte del servicio de luz en las instalaciones.
La denuncia contra Maduro en Argentina
En julio pasado, el fiscal federal Carlos Stornelli impulsó una investigación para determinar si se cometieron violaciones a los derechos humanos en Venezuela, tras una denuncia presentada por la Fundación de George Clooney en los tribunales de Comodoro Py. Entre otras medidas, el fiscal pidió informes a jueces y fiscales de ese país, y al Consejo de Derechos Humanos de la ONU. “Argentina debe investigar las sistemáticas y graves violaciones a los derechos humanos cometidas en Venezuela, sobre la base del principio de jurisdicción universal”, señalaba la denuncia, que agregaba evidencias sobre la responsabilidad penal de las fuerzas de seguridad venezolanas en la comisión de crímenes de lesa humanidad contra integrantes de la oposición.
Al impulsar la investigación, Stornelli imputó a integrantes de los mandos superiores de la Guardia Nacional Bolivariana. Según la denuncia, habría una negativa de las autoridades judiciales venezolanas a investigar a “eslabones de la cadena de mando de Guardia Nacional Bolivariana y los intercambios de información registrada en su seno”.
Esa causa, que recibió el juez Sebastián Ramos, se anexó a otras que ya existían. En una de ellas, el fiscal Gerardo Pollicita ya había dictaminado que no correspondía proceder porque la Corte Penal Internacional (CPI) investigaba desde 2018 una denuncia similar contra Maduro que promovieron los presidentes de cinco países, entre ellos Mauricio Macri, junto con Colombia, Chile, Paraguay, Perú y Canadá.
El juez Ramos dispuso el archivo de esas actuaciones y ordenó remitir el expediente, con el testimonio de las víctimas, a la Corte Penal Internacional, donde ya existe un expediente abierto contra el gobierno de Nicolás Maduro, precisamente por la posición que tuvo Argentina en esa denuncia.
Pero un grupo de víctimas apeló y sostuvo que “ese criterio no puede ser compartido porque no se ha determinado que los casos llevados a conocimiento de la CPI sean los mismos que fueron denunciados en este proceso, para su investigación” y porque la actuación del fiscal Pollicita se vio “superada por la ampliación del requerimiento de instrucción presentado por el fiscal Carlos Stornelli el 21 de febrero” pasado. A eso le sumaron otros casos que incluyeron la desaparición forzada de Rocío San Miguel, hechos que “la CPI probablemente no investiga”. Las apelaciones estuvieron en manos del Foro Argentino para la Democracia en la Región (Fader), ligada a Waldo Wolff (hoy ministro de Seguridad porteño) y del abogado Tomás Farini Duggan.
Qué dijo la Cámara Federal sobre la denuncia contra Maduro en Argentina
Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi sostuvieron que “los hechos denunciados en la presente causa revisten características de extrema gravedad y generarían eventuales lesiones a derechos humanos fundamentales que obligarían a la habilitación de la protección universal de los mismos”. Y advirtieron “la inmediata necesidad de asumir una resolución teniendo en cuenta la particularidad de los hechos, cuyos resultados -por su contemporaneidad y las modalidades de su ejecución- no admiten dilación ni demora alguna en las medidas de tutela que se deben de inmediato adoptar a fin de evitar mayores perjuicios a los posibles derechos inculcados”.
El fallo enfatizó “la gravedad de la afectación de garantías fundamentales que, según se anoticia, afectan a amplios sectores de la población civil y que se ejercerían desde la estructura misma y utilizándose el poder público estatal, se impone revocar la decisión” que ordenó cerrar la causa, para dar respuesta a “los fines esenciales y tuitivos del derecho de gentes, de la jurisdicción universal y la evitación de mayores daños”.
Bruglia y Bertuzzi afirmaron que, aún teniendo en consideración la postura” del juez Ramos, “el momento excepcional de emergencia y sobre todo que los sucesos devenidos en las denuncias aquí acumuladas podrían ser novedosos, distintos e incluso exceder aquellos que podrían integrar la materia cuyo alcance forma parte actualmente de los hechos denunciados y tramitados ante la Corte Penal Internacional”.
Es por ello que, dijeron, “sin perjuicio de futuros planteos o cuestiones vinculadas con temas de ‘doble persecución’ que puedan ser resueltos en un momento más avanzado y oportuno-, corresponde asumir la jurisdicción universal y la competencia extraterritorial de los órganos judiciales de la República Argentina para su debido juzgamiento.
Por su parte, el juez Mariano Llorens subrayó la » nitidez del relato” de víctimas de “persecución y asesinato de familiares, en un contexto que es público y repercute más allá de las fronteras territoriales- en manifestaciones ocurridas en Venezuela a principios de 2014″, en donde nunca se avanzó en las responsabilidades políticas por esos hechos.
Y reseñó que tampoco se evidencia “de modo irrefutable, la apertura y el encuadramiento de la investigación en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional y menos aún, las particularidades de esta –presentaciones, hechos, imputados, víctimas, convocatorias, medidas de prueba, etc.-”.
“El trasfondo de esta exégesis visibiliza la limitación que afronta el examen de los eventos en Venezuela y la ralentización por la cual transitaría (porque están ausentes las piezas procesales legalizadas) la promoción de la acción en la CPI, con relación a delitos que podrían catalogarse de Lesa Humanidad, mencionados en los arts. 5 y 7 del Estatuto de Roma”, dijo. Destacó en ese sentido: “Argentina ha sido reconocida mundialmente por su tarea en estos juicios. Entonces, la jerarquía y la relevancia de estas connotaciones naturalizan la urgente y necesaria intervención del Poder Judicial argentino, que es Parte del acuerdo romano y cuenta con el paso adelante de estos actuados, para intentar neutralizar las acciones deshumanizantes traslucidas en los testimonios”.
Según resaltó Llorens, “el panorama revelado muestra la compleja coyuntura en la cual se encuentran envueltos quienes reclaman la competencia argentina, y la enumeración de los argumentos –la denuncia expuesta en autos, el requerimiento de instrucción, la concesión de la capacidad para querellar, la desinformación sobre la real situación del caso en la CPI aún cuando por trascendidos se destacara que habría iniciado una indagación relativa al hecho, las trabas impuestas por el ‘soberano’ para localizar a todos los involucrados, la gravedad de los ilícitos que reflejan conductas sistemáticas y generalizadas asociadas a crímenes de lesa humanidad tipificadas en el Estatuto de Roma, el compromiso asumido al rubricar la Convención de Viena, entre otras- justifica la operatividad de los principios de universalidad y complementariedad en favor del Estado argentino, sustituto de la Justicia venezolana, la cual como autoridad local, ha omitido cumplir su rol de enjuiciar a los responsables”.
En ese marco, en su voto ordenó acelerar “el proceso buscando canales comunicativos directos y más ágiles con la CPI, para incorporar toda la prueba y cualquier otro documento que sea imprescindible para la causa y lograr la impostergable tutela judicial efectiva de aquellos que peticionan la protección de sus derechos”.
“En ese sentido es impostergable que el juez resuelva la petición de convocar a declaración indagatoria a Nicolás Maduro Moros, Diosdado Cabello y todos aquellos identificados como responsables y se someta a juicio a todos los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, que fueran denunciados en las presentes actuaciones, debiendo disponer todas las medidas cautelares urgentes que permitan la sujeción de los responsables al proceso, como ser su orden de captura inmediata”, agregó.
Fuero: Penal,
Tribunal: Sala I de la Cámara Federal,
Voces: crímenes, violaciones de derechos humanos, jurisdicción universal, competencia extraterritorial, delitos de lesa humanidad,
Fuente: infobae