La fertilización asistida no se discute.

El STJ del Chaco confirmó la sentencia que ordenó dar cobertura total del costo de un tratamiento de fertilización asistida a una afiliada.

La pareja comenzó la búsqueda de su primer hijo, pero la actora padece dificultades ginecológicas y la única posibilidad es a través de la práctica solicitada. El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dejó firme un fallo que ordenó al Instituto de Seguridad Social Seguros y Préstamos (Insssep) dar cobertura total del costo de un tratamiento de fertilización asistida a una afiliada. Todo ello en los autos “G., M. J. Y R., M. R. C/ INSSEP S/Acción de Amparo”. La causa se inició por una acción de amparo interpuesta por una pareja contra el Insssep, con el objeto de que les proporcione la cobertura integral a fin de la realización de la práctica de fertilización asistida. Según consta en la causa, la pareja comenzó la búsqueda de su primer hijo, pero la actora padece dificultades ginecológicas -extirpación de ovario y obstrucción bilateral de las trompas de Falopio-, por lo que “la única posibilidad de quedar embarazada es a través de la técnica de la fertilización in vitro”.

El juez de primera instancia hizo lugar a la petición y ordenó al organismo «a brindar cobertura integral del 100% del costo de tratamiento de fertilización in vitro” hasta “obtener resultado positivo de embarazo y que llegue a término el mismo, en función de la Ley 26.862, Decreto 956/13 y Ley 4044 y sus reglamentaciones respecto del alcance de la cobertura dentro de los servicios que la entidad ofrece a sus afiliados”. Luego, la Sala Segunda Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Presidencia Roque Sáenz Peña confirmó el pronunciamiento y limitó a tres la cantidad de intentos cubiertos en su totalidad. La accionada apeló el pronunciamiento, pero el STJ del Chaco, integrado por los ministros Rolando Toledo, Iride Grillo, Alberto Modi, María Luisa Lucas y Emilia Valle, desestimó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad deducido por la parte demandada.

Fuente: Diario Judicial

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