Limitó a 25 por ciento de sus haberes la multa que se le había aplicado debido a su desempeño en la denuncia que realizó el fallecido fiscal Nisman por el supuesto encubrimiento de Irán en el atentado a la AMIA.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación redujo a 25 por ciento de sus haberes la sanción que el Consejo de la Magistratura le impuso al juez federal Daniel Rafecas por su desempeño relativo al trámite de la denuncia penal que efectuó el fallecido fiscal Alberto Nisman sobre el supuesto encubrimiento de Irán en el atentado a la AMIA. Hace siete meses, el Consejo, ante la falta de los votos necesarios para pedir la destitución, sancionó a Rafecas con el descuento de la mitad de sus haberes por falta de decoro en cuestiones vinculadas con la denuncia de Nisman contra la ex presidente Cristina Fernández, el ex canciller Héctor Timerman y otros funcionarios del gobierno anterior. A Rafecas se le atribuyó haber convocado a su despacho a autoridades de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) para anticiparles que no reabriría el expediente por la denuncia de Nisman; y haber hecho comentarios desfavorables de éste. También se le reprochó haber llamado por teléfono al ahora diputado Waldo Wolff para increparlo por criticar su fallo y por referirse en un programa radial al trámite de la denuncia en su contra en el Consejo.
Rafecas dijo que la charla ante a las autoridades de la DAIA sobre la desestimación de la denuncia se debió a una cuestión de “circunstancias”, que el llamado a Wolff fue porque éste “faltó a la verdad” y que en el contacto radial se limitó a dar su opinión sobre la conformación del Consejo de la Magistratura. La Corte, con la firma de su presidente, Carlos Rosenkrantz, y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda, mantuvo la justificación de la sanción por la reunión con las autoridades de la DAIA y descartó los otros dos argumentos. Para el Máximo Tribunal de la Nación, cuando Rafecas llamó a Wolff no pretendió hostigarlo sino realizar aclaraciones, en tanto que su referencia al Consejo “no fue agraviante” y se encuadra del amplio ejercicio de su derecho de defensa. “La sanción impuesta -a Rafecas- por el Consejo de la Magistratura debe ser modificada de acuerdo a las conductas que se ha probado resultan dignas de reproche y, en consecuencia, corresponde aplicar una multa equivalente a 25 por ciento de su haber mensual”, concluyó la Corte.
Fuente: Comercio y Justicia