La Corte Suprema norteamericana avaló una ley limitativa del aborto

La norma en cuestión fue firmada por el gobernador de Texas, Greg Abbott, prohibiendo la práctica del aborto luego de las seis semanas de embarazo.

Con una reñida votación de 5 contra 4 el Supremo Tribunal de Estados Unidos decidió no hacer lugar al bloqueo de una normativa del estado de Texas que restringe la práctica del aborto luego de las 6 semanas de embarazo.

Ante la promulgación de la ley, la asociación Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU), Planned Parenthood (Planificación Familiar), el Centro de Derechos Reproductivos –entre otras organizaciones- realizaron una presentación ante la Corte Suprema solicitando que detenga la aplicación de la nueva normativa.  

El derecho constitucional al aborto en Estados Unidos rige desde el día 22 de enero del año 1973 a partir de un conocido caso, “Roe vs. Wade”, en donde se dispuso el derecho de todas las mujeres a interrumpir su embarazo en torno a las 24 semanas de gestación.

El día 1 de septiembre de este año entró en vigor una ley en el estado de Texas que prohíbe a los profesionales encargados de llevar adelante la práctica, que la misma se realice luego de las 6 semanas desde la gestación, sin hacer algún tipo de distinción en casos de violación o incesto.

Esta ley, titulada como “Ley de latidos del corazón” fue promulgada por el gobernador republicano Greg Abbott en el mes de mayo de este año entrando en vigor luego de la decisión del Supremo Tribunal al negarse a pronunciarse sobre una petición de emergencia para bloquear el proyecto de ley.

En este sentido, el presidente de la Corte John Roberts –aún en disidencia- dejó en claro que “…aunque la Corte niega hoy la solicitud de ayuda de emergencia de los demandantes, la orden de la Corte es enfática al dejar en claro que no puede entenderse que sustenta la constitucionalidad de la ley en cuestión”.

Ello así, destacó que la circunstancia de no ocuparse en la actualidad respecto de la constitucionalidad de la norma, no significa que no vaya a hacerlo más adelante cuando la cuestión se plantee adecuadamente, después de una exposición informativa completa y un argumento oral considerando si una medida cautelar pueda llegar a resultar apropiada en caso de que se permita la aplicación de la ley.

Desde el bloque de la minoría, mayormente progresista,– conformado por los jueces John Roberts, Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Stephen Breyer-, adujeron que la Corte debería haber aplazado la implementación de la ley para permitir que los tribunales inferiores evaluaran la temática con normalidad sosteniendo que “…la Corte ha recompensado el esfuerzo del Estado por retrasar la revisión federal de una ley claramente inconstitucional, promulgada sin tener en cuenta los precedentes de esta Corte, a través de enredos procesales de creación del propio Estado…”.

A mayor abundamiento, con una elocuente metáfora, la jueza Sotomayor sostuvo que “…ante una solicitud para imponer una ley flagrantemente inconstitucional diseñada para prohibir a las mujeres el ejercicio de sus derechos constitucionales y evadir el escrutinio judicial, la mayoría de los jueces ha adoptado por enterrar la cabeza en la arena…”.

Además, hicieron énfasis en que la Corte no debe contentarse con ignorar sus obligaciones constitucionales de proteger no sólo los derechos de la mujer sino también la santidad de sus precedentes y del estado de derecho.

Fuente: palabras del derecho
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