De esta forma, Castelli permanecerá provisoriamente a cargo del TOF N°7 hasta tanto se resuelva el fondo de la causa por la que inició el amparo.
Luego de lo resuelto el día martes en la causa de los jueces Bruglia y Bertuzzi, donde el máximo tribunal ratificó que el único procedimiento para designar magistrados/as es el previsto en la Constitución, la Corte Suprema hizo lugar a una medida cautelar presenta por el juez Germán Castelli, donde suspende la Resolución N°183/20 del Consejo de la Magistratura que revisó su traslado al TOF N°7.
En la referida Resolución, el Consejo de la Magistratura consideró que el traslado del juez Castelli desde el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “no ha completado el procedimiento constitucional previsto en el art. 99 inc. 4 de la Constitución Nacional”.
En primera instancia, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 había rechazado el planteo de la medida cautelar presentada por Castelli, por entender que el traslado del magistrado “habría sido dispuesto para actuar en distinta jurisdicción, sin el pertinente Acuerdo exigido”, contrariando el Reglamento de Traslado de Jueces 155/2000, recientemente declarado inconstitucional por la Corte Suprema en la Causa “Bertuzzi”.
Por su parte, el Juez Germán Castelli –que arribó a la Corte mediante un per saltum- solicitó una medida cautelar que suspenda esa Resolución hasta tanto se dicte sentencia en la causa por la que inició el amparo.
Remitiendo a los argumentos expuestos en “Bertuzzi”, el voto mayoritario de la Corte –compuesto por Maqueda, Highton, Rosatti y Lorenzetti- revocó la sentencia de primera instancia e hizo lugar a la cautelar que suspende los efectos de la Resolución N°183/2020 del Consejo de la Magistratura, hasta tanto se dicte sentencia de fondo en la causa.
De esta forma, la Corte sigue la línea sostenida esta semana respecto a los traslados de los jueces Bruglia y Bertuzzi, donde entendió que el único procedimiento de designación de magistrados es el previsto en la constitución y que aquellos/as magistrados/as trasladados gozarán de la garantía de inamovilidad en dichos cargos hasta el momento en que sean designados por nombramiento quienes lo vayan a ocupar de modo definitivo.
En un voto concurrente, la jueza Highton aclara que se suspenden los efectos de la Resolución N°183/20 y de “los actos posteriores cumplidos por el Poder Ejecutivo Nacional y el Senado de la Nación que concluyeron con la reversión inmediata del traslado del actor”.
Por su parte, el Presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia y siguió la misma postura establecida en la Causa “Bertuzzi” y entendió que el traslado del juez Castelli tiene el carácter de definitivo, por lo que debía declararse la procedencia de la demanda de amparo.
Fuero: Constitucional
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: medida cautelar, Consejo de la Magistratura, traslado