La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya no recibirá expedientes en soporte papel

Precisó que los expedientes deberán ser remitidos al máximo tribunal argentino en formato digital.

Mediante una nota dirigida a la Secretaría General del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) comunicó al Alto Cuerpo provincial que no se recibirá expedientes papel, los que deberán ser enviados de forma digital (Link acordada 31/2020: https://www.csjn.gov.ar/documentos/descargar/?ID=123515), y sólo se remitirá el expediente papel en caso que la CSJN así lo requiera. 

Por dicha razón, solicitó que se cancelen los envíos de expedientes papel por correo, evitando de esta forma tener que efectuar el gasto y la gestión de devolverlos. Agrega que lo tribunales deberán registrarse en el sistema DEOX (Link de acceso a acordada: https://www.csjn.gov.ar/documentos/descargar/?ID=122341), sin excepción, a fin de remitir por dicha vía las actuaciones digitalizadas que así se les requiera. 

De esta forma, una vez concedido el recurso extraordinario, el expediente deberá ser elevado digitalmente mediante Lex 100 y se enviará un DEO (oficio electrónico) informando el listado de los expedientes elevados. El expediente remitido deberá contener cargados todos los archivos digitales pertinentes con la autosuficiencia necesaria a fin de que el mismo pueda ser consultado, estudiado y resuelto. 

En caso de que falte alguna actuación, podrá serle requerida por ese Máximo Tribunal, el que podrá -excepcionalmente- solicitar el envío del expediente papel. 

Asimismo, agrega que en casos de incidentes de competencia, una vez trabada la contienda de competencia podrá elevarse a través del número de expediente de Lex 100, con la minuta de elevación pertinente y dando aviso mediante DEO (oficio electrónico) de su elevación pertinente. En caso de no contar con número de Lex 100 (Sistema Nacional y Federal de Gestión de Expedientes Judiciales), deberá enviarse vía mail (mesajudicial@csjn.gov.ar) el expediente digital correspondiente con las actuaciones completamente digitalizadas en las que conste la traba de competencia, la incompetencia expresada, etc., a fin de que el incidente cuente con la autosuficiencia necesaria para que el mismo pueda ser consultado, estudiado y resuelto. 

En caso de que falte alguna actuación, podrá serle requerida por el Máximo Tribunal, el que podrá -excepcionalmente- solicitar el envío del expediente papel. Finaliza diciendo que excepcionalmente, podrán ser enviadas al mail institucional de Mesa de Entradas (mesajudicial@csjn.gov.ar) en formato digital hasta tanto se validen en el DEOX.

Fuente: Justicia Córdoba

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