La adopción no espera por la pandemia

Una jueza autorizó en forma inmediata el proceso de vinculación de un niño de 9 meses con un matrimonio a través de un plan presentado por un Hogar de adopciones. La magistrada tuvo en cuenta la incertidumbre sobre el final del aislamiento, y ponderó el interés superior del niño.

En la causa «A. D. S/ INCIDENTE DE SELECCION DE POSTULANTES», el Juzgado de Familia Nº 1 de Tigre autorizó mediante firma digital el inmediato inicio del proceso de vinculación del niño D.A de acuerdo al plan presentado por Hogares de Nazareth, bajo la supervisión del Equipo Técnico del Juzgado.

A raíz de la Pandemia por Covid-19, por Resolución 386/20 la Suprema Corte dispuso asueto con suspensión de términos procesales a partir del 16/3, el que fue prorrogado por diversas resoluciones y aún se encuentra vigente. Pese a ello, ha ido brindando pautas de trabajo para atender las cuestiones urgentes o que por su naturaleza no permiten postergación disponiendo la atención de Juzgados de turnos.

Por ello, la jueza Sandra Fabiana Veloso evaluó que el transcurso del tiempo es un condicionante de particular importancia para la vida de los niños, y mencionó que pese al contexto imperante, se continuó con el trámite de la presente causa, dictándose con fecha 30 de marzo la situación de adoptabilidad de D.

En atención a que no existe certeza por el momento en cuanto a la fecha hasta la cual será prorrogado el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y la corta edad de D. (9 meses), la magistrada concluyó que “entiendo que no existe obstáculo para que se lleve a cabo en forma inmediata el proceso vinculación 

“En base a ello, Hogares de Nazareth presenta un plan posible y variable (a resultas del bienestar del niño y/o nuevas disposiciones del PEN) para llevar a cabo la vinculación de D. con el matrimonio postulante, el que es aprobado por la suscripta y será supervisado por el Equipo Tecnico del Juzgado” afirmó la magistrada.

El plan consiste en una serie de encuentros telemáticos de los pretensos adoptantes con personal de la Institución, con la familia de tránsito, con la pediatra de cabecera del niño para informarse acerca de los datos esenciales de D. y de aspectos relativos a su cotidianeidad, para luego concretar el encuentro personal con el niño el que se desarrollará cumpliendo una serie de recaudos sanitarios conforme son detallados en instrumento que obra en autos.

“Tal como lo enuncia el Preámbulo de la CDN es la familia el grupo fundamental de la sociedad y el medio natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros en especial de los niños. Se reconoce que es el seno de la familia el lugar más propicio para el pleno y armonioso desarrollo del niño y que crezca en un ambiente de felicidad amor y comprensión” afirmó la jueza.

En ese orden agregó que “sabido es que el acceso a la justicia requiere la superación de todos los obstáculos sean estos materiales o formales para que no bloqueen la efectividad del derecho a la jurisdicción, la que adquiere matices extraordinarios para las personas en condición de vulnerabilidad, tal el caso de los niños que requieren de un plus de protección”.

En virtud de ello y en atención a que no existe certeza por el momento en cuanto a la fecha hasta la cual será prorrogado el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y la corta edad de D. (9 meses), la magistrada concluyó que “entiendo que no existe obstáculo para que se lleve a cabo en forma inmediata el proceso vinculación de acuerdo a las pautas descriptas, el que se presume será muy breve, siendo que es habitual cuando se trata de bebés que rápidamente se logre establecer un lazo de confianza y de amor entre el niño y los postulantes”.

Fuente: Diario Judicial
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