La dependencia dispuso una serie de medidas para garantizar el acceso a justicia de un adolescente chileno, cuyos progenitores se hallaban imposibilitados de ejercer su representación por circunstancias particulares: su madre habría fallecido, su padre se encontraba detenido y la pareja de éste, en donde el joven se aloja, sentía temor al tiempo que lo observaba muy angustiado.
La causa se inició ante el Juzgado de Paz de Mburucuyá porque una mujer pidió la intervención de la dependencia y puso en conocimiento del doctor Sergio Juniors Shwoihort que con ella se encontraba viviendo D.L.S.R., de nacionalidad chilena. Aparentemente su madre habría fallecido hace algunos años, y su padre, con quien ella había mantenido una relación, se encontraba actualmente alojado en la Comisaría Departamental de esa localidad. La detención tenía su origen en que el hombre habría atentado contra la vida de su pareja con un arma de fuego. Y su hijo continuaba viviendo con ella, ya que no tenía otros familiares en el país. Explicó que hasta ese momento el muchacho “era bueno”, sin embargo “también sentía miedo porque el padre le había comentado que padecía problemas de ira”. Manifestó al magistrado que lo veía “muy triste”, que no tenía amistades, que expresó sentirse avergonzado de lo que había hecho su padre, que había abandonado la escuela a pesar de su insistencia. Finalmente la mujer solicitó que se le encontrara un alojamiento al chico porque ella atravesaba una situación de pánico, aunque continuaría colaborando con su cuidado si era necesario.
El doctor Sergio Juniors Shwoihort expresó que las medidas adoptadas garantizaron el acceso a Justicia, realizando la audiencia para oírlo, en el domicilio donde se hallaba viviendo y con el asentimiento de la Asesora de Menores e Incapaces con asiento en la Localidad de Saladas. Posteriormente se dio intervención a dicho órgano del Ministerio Público de manera principal (artículo 103 del CCC), dada las particularidades del caso. “Lo que se efectuó –afirmó- es una aplicación amplia y extensiva de la figura del progenitor afín (en este caso, progenitora afín), contemplada en los artículos 672, 673, 674 y demás siguientes del Código Civil y comercial de la Nación”. Se estableció contacto con el Consulado General de Chile en Rosario, a fin de que tomara las medidas necesarias para la protección de su ciudadano (adolescente en el caso), haciéndose uso pleno de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), dado que la remisión del oficio se cursó el mismo día del dictado de la Resolución protectoria, mediante correo electrónico. Ello permitió la inmediata intervención del Consulado el cual se conectó con cancillería chilena a fin de vincularse a los familiares del joven (una hermana y una tía). El Juez de Paz destacó la celeridad y plena orientación de todos los recursos para la atención del muchacho, lo que fue resuelto el mismo día en que se tomó intervención.
Cuidado personal, asistencia a un profesional psicólogo, restablecimiento del adolescente a sus actividades escolares, sean estas formales o informales (con intervención de la Dirección de Servicios Educativos de Prevención y Apoyo (DiSEPA); requerimiento al Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia (COPNAF) de modo que brinde la atención y contención indispensable al adolescente, debiendo informar los avances al Juzgado Civil, Comercial, de Familia, Menores y de Paz con asiento en la Localidad de Santa Rosa, fueron las medidas ordenadas para resguardar la integridad psicofísica del menor. Para finalizar, el doctor Shwoihort valoró el compromiso que poseen los Jueces de Paz con la temática de los Niños, Niñas y Adolescentes en riesgo.
Fuente: Poder Judicial Corrientes