El Juzgado Civil Nro. 3 a cargo del Juez Santiago Morán tramita amparo de intereses colectivos, previsto en la Ley 2.779, ante la presentación realizada por vecinos de Bariloche.
La causa se caratula «Guevara Tomás Alejandro y otros c/Municipalidad de Bariloche s/Amparo Colectivo». En la misma un grupo de vecinos señala que la falta de tratamiento de los residuos por parte de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche causa, entre otros perjuicios, incendios. En fecha 31 de Enero del año en curso, el juez de feria subrogante Cristian Tau Anzoátegui, dispuso: 1) Habilitar la feria judicial. 2) Imprimir a las actuaciones el trámite correspondiente a los amparos de intereses colectivos (ley 2779). 3) Aceptar la legitimación de los amparistas, teniéndolo por parte y con domicilio procesal constituido. 4) Establecer que el proceso alcanzará a todos los vecinos colindantes al vertedero municipal (artículo 11, ley citada). 5) Correr traslado de la demanda a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche por dos días, para que produzcan su descargo y ofrezcan prueba (artículo 14 de la ley 2779). Cabe señalar que en una providencia firmada en el día de la fecha, se dispuso una instancia de conciliación, convocándose a las partes a una audiencia que se realizará el 1 de Marzo de 2019 a las 10:00. Se ha notificado al municipio que además de su representante legal, deberá comparecer el Subsecretario de Medio Ambiente o funcionario idóneo en temas ambientales en el ámbito municipal. En el caso de los amparistas, por razones de espacio, se solicitó asistan únicamente los representantes de las juntas vecinales.
Fuente: Poder Judicial Rio Negro