En su resolución, el Tribunal de Apelaciones indica que la sentencia del juez invadió competencias exclusivas y excluyentes del Poder Ejecutivo.
El Ministerio de Salud Pública (MSP) informó este lunes que fue notificado de que el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 6° Turno revocó la sentencia del juez Alejandro Recarey que permitió a dos ciudadanas a ingresar al país sin cumplir las medidas sanitarias vigentes. El caso fue planteado por dos mujeres que demandaron a Estado uruguayo por obligarlas a realizarse un hisopado para ingresar al país por su condición de no vacunadas.
La resolución de Recarey fue tomada el mismo día en que resolvió suspender la vacunación contra el coronavirus en niños menores de 13 años, que también fue revocada por el Tribunal de Apelaciones la semana pasada. El Estado había apelado su fallo.
En su sentencia, el juez sostenía que «la vacunación debe hacerse dentro del marco de la legalidad» y que «el no vacunado no atenta contra la salud pública. No viola leyes». Por ello, afirmaba que haber obligado a estas mujeres a realizarse un test PCR para ingresar al país por no estar vacunadas viola el principio de igualdad.
Ante esto, el Tribunal determinó que «no existió ilegalidad en la actuación del Estado», según informa el Ministerio.
«También destaca que la demanda de amparo fue rechazada por no cumplir con los requisitos exigibles en la legislación. Asimismo, señala que la sentencia de primera instancia invadió competencias exclusivas y excluyentes del Poder Ejecutivo», tal como se estableció al revocar la suspensión de la vacunación anticovid a niños.
«De esta forma, se ratifica la legalidad de la actuación del Estado en el combate contra la pandemia causada por covid-19«, finaliza el Ministerio.
Las tres ministras integrantes del Tribunal de Apelaciones recibieron amenazas la semana pasada. El presidente de la Suprema Corte de Justicia presentó la denuncia penal sobre el hecho.
Fuente: elpais.com.uy