JUEZ CORRECCIONAL RESUELVE PROCESAR CON PRISIÓN PARA PROTEGER A VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO.

El fallo es del juez Eduardo Agudo y es contra Diego Luis Uñate por tres delitos, respaldado en jurisprudencia de la Corte local.

“La causa está totalmente impregnada de Perspectiva de Género. Uñate tiene un profundo desprecio hacia la mujer, ello queda totalmente claro en todo el proceso judicial, aquí ventilado, cuando se le cruza un objetivo: obtener nuevamente contacto con sus hijos, éste no tuvo límites en usar cualquier estrategia para hacerlo, demostrando un desinterés palpable y grave en respetar una orden judicial, a la que aludió enucamente en no conocer por no estar notificado, algo que ya fue totalmente revertido”. Con ese argumento, el juez Eduardo Agudo (Primer Juzgado Correccional) decidió este jueves procesar con prisión preventiva a Diego Luis Uñate (47) por tres delitos: Daño (chocó el auto estacionado de la pareja de su exmujer), Desobediencia a una Orden Judicial (violó la orden de restricción del Primer Juzgado de Familia) y Amenazas (contra su exmujer). También le trabó un embargo de 200.000 pesos.

El juez Agudo argumentó en su fallo por qué decidió procesar con prisión preventiva a Uñate: “Apreciándose el desprecio absoluto que tiene contra la mujer, me obligan a dictar la Prisión Preventiva como única forma de “Proteger” la integridad psicofísica de M.S.T., la de sus hijos y la de su actual pareja, ante una conducta serial de transgredir sin el más mínimo escrúpulo una orden emanada de un juez”. Cita el juez Agudo en el procesamiento que Uñate tiene 9 causas penales abiertas en 4 de los 5 juzgados correccionales que hay en el Poder Judicial de San Juan, “por lo que mayor peligro procesal que éste, en concreto y en abstracto, no existe. Como se dijo, el hecho de juzgar con Perspectiva de Género genera la necesidad de imponer esta medida”. Finalmente, el juez Agudo basó su fallo en jurisprudencia de la Corte de Justicia de San Juan: “En el pronunciamiento del fallo 5944/12 “Incidente de Excarcelación a favor de Gómez”. Allí nuestro máximo tribunal local de Justicia denegó a Gómez el derecho a permanecer en libertad durante la tramitación de un proceso judicial, aclaro que Gómez no tenía condenas en su haber, pero sí tenía más de seis excarcelaciones otorgadas en breve tiempo, lo que llevó a interpretar en palabras de la Corte de Justicia Provincial que Gómez le había faltado el respeto a la Ley”.

Fuente: Poder Judicial San Juan

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