Lo hizo la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales con el fin de hacer efectivo el ejercicio del derecho de supresión de datos personales
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales ordenó al Arzobispado de Buenos Aires, al Obispado de San Justo y la Parroquia de San Ildefonso a que en el plazo de diez días eliminen toda información referida al Sr. Raffetta o que manifiesten las razones por las que se niegan a suprimir sus datos. Además se ordenó que informen “con quiénes y en qué circunstancias se ceden datos personales de los fieles a terceros o a distintas entidades de la Iglesia Católica”.
En este caso el Sr. Raffetta presentó una denuncia ante la mencionada Dirección en la que solicitó que se eliminen todos los datos que guarda la Iglesia Católica sobre su persona, dado que se desvinculó de la misma, abandonando el culto católico. En esa denuncia acompañó copia de los pedidos que le había hecho a la institución con ese fin. No obstante, la iglesia únicamente realizó una anotación marginal de apostasía en las actas sacramentales, sin eliminar el resto de la información, lo cual le valió la pérdida de un empleo.
La orden emitida por la Dirección deja en claro que todo ello contraría lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales, que consagra el derecho a que, cuando corresponda, sean suprimidos los datos personales de quien figure en un banco de datos. Además, dicha ley considera que las convicciones religiosas constituyen datos sensibles que merecen una mayor protección.
“No cabe ninguna duda que la Iglesia Católica y las personas jurídicas que la integran no se encuentran exceptuadas de cumplir con el derecho de protección de datos personales ni gozan de una tutela especial, más aún cuando están en juego derechos de carácter constitucional, como la privacidad y la autodeterminación informativa”.
Fuente: Palabras de derecho