Una denuncia por presuntas amenazas vertidas desde un perfil de Instagram abrió una contienda de competencia entre la Justicia Federal de la Capital y la de San Isidro.
La Cámara Federal porteña intervino y ordenó establecer los lugares desde los cuales habrían sido transmitidas las comunicaciones. Internet no tiene fronteras y a la hora de investigar delitos cometidos a través de las nuevas tecnología la Justicia lo vivie en carne propia, ya que los magistrados no logran ponerse de acuerdo respecto de qué reglas seguir en los casos en los que un acto se inicia desde una cuenta en un lugar pero la conducta se consuma en otra de otro sitio. Como ocurre en la causa “P., C. s/incompetencia” , donde todo parecía indicar que debía intervenir la Justicia Federal de San Isidro pero la Cámara Federal porteña decidió que intervengan, hasta que se hagan las investigaciones correspondientes, los tribunales de Comodoro Py. Se trata de un caso donde se calificó, en principio, a la conducta investigada como constitutiva del delito de amenazas coactivas, vertidas desde un perfil de Instagram de una joven, y cuya destinataria habría sido otra joven, que sería la actual pareja del ex novio de aquella.
La denunciada habría amenazado, con comentarios antisemitas, con golpear y hacer “la vida imposible” a la víctima, también vía mensaje de texto, desde un celular cuya I.P. Estaba ubicada en Vicente López, provincia de Buenos Aires, y además en un campo de deportes de la localidad de Florida. La causa se sorteó en los tribunales federales de Comodoro Py, quedando designado el Juzgado de Marcelo Martínez de Giorgi, quien se declaró incompetente en razón del territorio y remitió el expediente a su par de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, quien lo devolvió. Trabada la contienda, fue la Sala II de la Cámara Federal porteña la que tuvo que decidir a qué Juzgado correspondía investigar. La Alzada, integrada de forma unipersonal por su presidente, Martín Irurzun, decidió que el sumario permanezca en Comodoro Py por lo menos hasta que se establezca desde dónde salieron las comunicaciones. “Resulta ser un elemento indispensable para un correcto planteo de competencia que la inhibitoria contenga una individualización de los sucesos sobre los que versa y las calificaciones que le pueden ser atribuidas, pues sólo con relación a un delito concreto es que debe pronunciarse acerca del lugar de su comisión y respecto del juez a quien compete investigarlo y juzgarlo”, señaló el magistrado en su resolución. En ese contexto, Irurzun apuntó a que era “conducente recibir declaración a los posibles sujetos pasivos de los hechos relatados y establecer los lugares desde los cuales habrían sido transmitidas las comunicaciones en examen”, que en principio fueron a través de la aplicación “Instagram” de Google y de mensaje de texto. En esa senda, el presidente de la Cámara Federal propició que también se averigue donde se encontraba la denunciante “como así también obtener por los mecanismos pertinentes los mensajes en cuestión”.
Fuente: Diario Judicial