La medida fue iniciada por la Interventora del SPF, donde requiere al PJN que establezca reglas de actuación y un registro de procesos colectivos similar al establecido por la Corte Suprema para las causas no penales, con el objetivo de coordinar acciones que eviten la producción masiva de decisiones judiciales contradictorias y arbitrarias.
La Interventora del Servicio Penitenciario Federal, María Laura Garrigós, interpuso un amparo contra el Poder Judicial de la Nación para que establezca un registro de procesos colectivos de hábeas corpus que evite la adopción de decisiones judiciales contrapuestas y que permitan su efectivo cumplimiento.
La presentación se da luego de que se la Interventora señalara las contradicciones existentes entre distintas resoluciones judiciales tomadas en causas colectivas tomadas por distintos juzgados, referidas principalmente a traslados de detenidos y a la ampliación y/o disminución de los cupos en las Unidades Penitenciarias.
En ese sentido, criticó aquellas decisiones judiciales que implican la “eliminación de las facultades de distribución de la población que la ley le asigna a la autoridad administrativa, o la prohibición de carácter general de alojar o trasladar personas en determinados establecimientos”, aspecto que excede la función judicial y viola el principio republicano de la división de poderes.
Sin embargo, Garrigós aclara que no pretende “impugnar o reclamar la revisión de ninguna de las decisiones adoptadas en los trámites de hábeas corpus”, sino que busca que el Poder Judicial de la Nación emita una reglamentación que establezca reglas jurídicas de carácter colectivo para garantizar que las decisiones judiciales se puedan cumplir.
En ese sentido, la Interventora solicitó “la implementación de un registro público de procesos colectivos y la acumulación y tramitación de los expedientes ante una misma autoridad judicial”, que cautelarmente requirió sean remitidas para su tramitación al Juzgado en lo Criminal y Correccional N°3, a cargo de Daniel Rafecas, por ser el único Juzgado competente territorialmente y que ha admitido la acumulación de hábeas corpus colectivos.
Por otro lado, la Interventora señala que uno de los principales problemas del sistema es la sobrepoblación carcelaria que, más allá de las diversas responsabilidades estatales existentes para que se materialice este fenómeno, muchas veces se encuentra asociado a la “utilización excesiva e incontrolada de la prisión preventiva” y a “las restricciones legales para el acceso a medidas alternativas” tomadas por el Poder Judicial, entre otros aspectos.
“Las distintas resoluciones judiciales emitidas en respuesta a las acciones de hábeas corpus interpuestas por las personas privadas de libertad y otras presentaciones tendientes a la protección de sus derechos, sin perspectiva de su carácter de incidencia colectiva, imposibilitan de manera directa el desarrollo normal de la actividad administrativa, obstruyendo en algunos casos el cumplimiento de otras resoluciones judiciales”, expresó Garrigós.
En definitiva, Garrigós manifiesta que adoptar decisiones generales mirando una sola parte del problema va en contra del “objetivo principal de la admisión de acciones de carácter colectivo: evitar decisiones contradictorias o ineficaces para la protección de los derechos que se reclaman como vulnerados”.
Fuero: Penal
Tribunal: Servicio Penitenciario Federal
Voces: amparo, hábeas corpus colectivo, poder judicial de la Nación