Imputaron a empresas de reparto a domicilio por cláusulas abusivas e información engañosa

Rappi, Glovo y PedidosYa fueron acusadas por intentar eludir todo tipo de responsabilidad por daños que pudieran ocasionarse en la relación de consumo.

Las empresas de reparto a domicilio Rappi, Glovo y Pedidos Ya fueron imputadas por la Subsecretaría de Acciones para la Defensa, acusadas de presuntas cláusulas abusivas en su contratación e información engañosa.

En sus términos y condiciones, las aplicaciones poseen cláusulas que resultarían abusivas ya que se deslindan de responsabilidades frente a las y los consumidores; por otra parte, para acceder al servicio, se requiere que los clientes desistan de derechos que son irrenunciables y se encuentran garantizados constitucionalmente.

En cuanto a Rappi y Glovo, cuando el consumidor accede a la app acepta contratar al trabajador del delivery, en vez de a la empresa prestataria del servicio -lo que se conoce como contrato de mandato-. Es una manera mediante la cual las empresas pretendían eludir todo tipo de responsabilidad por daños que pudieran ocasionarse en la relación de consumo.

Según explicaron desde la Defensoría, cuando un consumidor adhiere a los términos y condiciones del servicio ofrecido por las firmas, no puede prever que lo que está suscribiendo es un contrato con el trabajador de cadetería, ya que la información proporcionada no es suficientemente clara al respecto. 

En lo que refiere a Glovo, además, en los términos y condiciones se identificaron cláusulas en las que el consumidor renuncia al derecho a revocación, también conocido como de arrepentimiento, en productos no perecederos. De esta forma, los consumidores no pueden devolver el producto si no están satisfechos con la compra.  

También,, la empresa establece que cualquier reclamo y consigna deberá realizarse en los Tribunales de Barcelona o ante la Corte Española de Arbitraje de la Cámara de Comercio.  La legislación argentina prohíbe este tipo de cláusulas, ya que no se puede condicionar o limitar el acceso a la justicia al disponer una jurisdicción distinta al lugar del domicilio del consumidor.

Respecto a PedidosYa, entre otras cláusulas, la firma se deslinda de la responsabilidad por cualquier error que pudiera contener la plataforma, y se reserva la posibilidad de dar de baja o rechazar a los usuarios sin expresar motivos que, por lo menos, justifiquen la medida.

Por otra parte, en sus términos y condiciones se hace referencia a otros instrumentos, pero luego no se especifica cuáles son, por lo que la información a las y los consumidores es confusa.

Este tipo de cláusulas en los términos y condiciones de contratación vulneran los derechos de las y los consumidores establecidos en la Ley 24.240, ya que la modalidad contractual establecida por las firmas, implicaría una desnaturalización de sus obligaciones y limitaría su responsabilidad frente al consumidor por cualquier daño que se pudiera ocasionar durante el servicio que brindan. Esto las haría incurrir en infracción ya que no brindarían información cierta, clara y detallada respecto del servicio que efectivamente prestan.

La Subsecretaría de Acciones para la Defensa informó que desde este jueves, las empresas tienen 5 días hábiles, improrrogables, para el descargo. Podrían multarlos hasta por 5 millones de pesos.

Fuente: La voz del Interior

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!