Lo resolvió el juez Vaca Narvaja respondiendo a una medida cautelar. Es por el plazo de seis meses.
El juez federal Nº 3 de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, falló favorablemente a la solicitud de una medida cautelar presentada por el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (Suoem) y 23 jubilados de ese gremio quedaron eximidos por seis meses o hasta tanto se dicte sentencia de pagar Impuesto a las Ganancias.
La resolución del juez se conoció ayer y respondió a un pedido más amplio de inconstitucioanalidad realizado por el sindicato sustentado en un precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
“El juzgado Federal en este momento está cerrado, pero solicitamos y pudimos obtener la habilitación de feria, solamente en el Juzgado Federal N° 3 de Vaca Narvaja que como algunos expedientes ya estaban tramitados y ya se había escuchado a la Afip, resolvieron otorgar una medida cautelar referente a que a los jubilados que obtuvieron esa medida, por el lapso de seis meses o hasta tanto se dicte sentencia, lo que llegue antes, van a dejar de retenerle el impuesto a las Ganancias”, explicó a La Voz Carlos Didoni, abogado del gremio.
“Nosotros interpusimos a fin del año pasado acciones declarativas de inconstitucionalidad contra el Impuesto a las Ganancias para jubilados, basado en el precedente García”, agregó Didoni.
El letrado señaló que ya comunicaron “a la Caja de Jubilaciones y a la Afip que por el lapso de seis meses no podrán seguir reteniéndoles el Impuesto a las Ganancias, medida cautelar previa al juicio, previa a la sentencia”.
“Mientras tanto el juicio debería continuar, pero como hay receso en Tribunales, para lo único que habilitaron la feria es para el otorgamiento de esa medida cautelar”, detalló.
El año pasado, la CSJN, con el voto de Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, declaró la inconstitucionalidad del impuesto sobre las jubilaciones y pensiones y lo hizo en el caso de María Isabel García, jubilada de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
García cuando contaba con 79 años de edad, promovió en el año 2015 contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) una acción con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de la deducción del impuesto a las ganancias sobre su beneficio. En los fundamentos, afirmó que padecía problemas de salud y que los descuentos en su beneficio oscilaban entre el 29 y el 31 por ciento.
Fuente: La voz del Interior
Fuero: Público
Tribunal: Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba
Voces: medida cautelar, empleado municipal, impuesto a las ganancias
Fallo relacionado: JURISPRUDENCIA – ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA. MEDIDA CAUTELAR. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. VEROSIMILITUD EN EL DERECHO.