El Juzgado de Ejecución de Condena, a cargo de la doctora María Teresa Zacarías, comenzó a implementar dispositivos de vigilancia electrónica para los casos de personas que cumplen alguna medida restrictiva de libertad, como los que se encuentran en prisión domiciliaria, libertad anticipada y/o salidas transitorias.
La Provincia de Corrientes adhirió al Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el cual se amplió a todas las jurisdicciones que así lo requieran, a través del Ministerio de Seguridad local. La cartera de Seguridad tiene a su cargo la puesta en marcha y capacitación de los operadores del mecanismo, contando como brazo ejecutor al Servicio Penitenciario Provincial; instrumentándose como una herramienta de auxilio para el Poder Judicial. En este contexto, de acuerdo al protocolo establecido, el Juez presenta el requerimiento ante el Ministerio de Seguridad, donde se evalúa la conveniencia de su implementación por medio de un informe técnico de viabilidad. El uso de la pulsera electrónica procede sólo si el magistrado decide finalmente su implementación, es decir, si el caso, la persona y el domicilio se encuentran en condiciones favorables para el mecanismo.
El dispositivo de vigilancia electrónica emite una serie de alertas, las cuales son recibidas en Capital Federal por la empresa prestataria que actúa de acuerdo al protocolo en cada caso en particular. El Ministerio de Seguridad, por medio del Servicio Penitenciario, supervisa el correcto funcionamiento del mecanismo e informa al Juez cuando se comprueba la alteración del normal funcionamiento del sistema. Las alertas son: 1- “Ha salido en horario no permitido”. La persona habría transgredido la permanencia y salido de su casa en día y horario no autorizado; 2- “No ha regresado”. La persona estaría fuera del alcance del receptor de la señal pasando el tiempo de permanencia asignado y no habría regresado a su domicilio dentro de lo establecido; 3- “Apertura o corte de la pulsera”. Corresponde a la manipulación indebida del equipo, de la correa y/o cuando las trabas plásticas fueran cortadas; 4- “La pulsera no detecta un cuerpo”. La pulsera transmisora fue quitada o separada del contacto con el cuerpo de la persona.; 5- “Caja inclinada”. La persona habría movido o inclinado de la unidad de monitoreo domiciliario (UMD); y 6- “Falta mensaje de supervisión”. Este mensaje aparece cuando la UMD no se comunica para indicar que su estado es óptimo (llamada de verificación de integridad). La doctora Zacarias informó que el Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación asignó 50 pulseras electrónicas a Corrientes, de las cuales 20 han llegado. De esa cifra 4 están en estudio de factibilidad y 4 en uso.
Fuente: Poder Judicial Corrientes